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Hay que dejar expresa constancia
en este punto, que la Constitución como Norma Suprema
del Estado, tiene plena vigencia aunque la primera elección
hubiere sido efectuada antes de regir la Constitución,
puesto que la retroactividad de la ley es aplicable únicamente
para las leyes precisamente, más no para la Constitución.
Concurso
de merecimientos y oposición
Un nuevo atropello a la Constitución
y a la Ley comete el Congreso Nacional al pretender actuar con
desconocimiento y al margen del concurso para la conformación
de la terna en mención, que lleva adelante el Consejo
Nacional de la Judicatura precisamente por efecto de las actuaciones
legales mencionadas en el numeral anterior y fundamentalmente
por la atribución que le confiere el Art. 218 de la Constitución
Política del Estado, para conforma la terna para elección
de Ministro Fiscal General, recogida en el Art. 6 de la Ley Orgánica
del Ministerio Público, en cuyo estricto cumplimiento
esta plenamente facultado para establecer la modalidad en que
ha de conformar dicha terna.
Por lo que expidió el
Instructivo para el Concurso de Merecimientos y Oposición
respectivo, que fue publicado en el suplemento del RO. No. 368
de 2 de octubre de 2006, y que tiene por fundamento ético
la transparencia y optimización del procedimiento, en
analogía con el que se observó par el nombramiento
de Ministros de la Corte Suprema, tanto más que el Fiscal
General debe reunir los mismos requisitos, según el Art.
5 de la Ley últimamente citada.
Para mayor abundamiento diremos,
que el Derecho Administrativo contempla a favor de quien tiene
una atribución legal, la facultad de establecer la forma
como ejecutarla.
El cúmulo de violaciones
constitucionales y legales cometidos por la mayoría cuestionada
del Congreso Nacional, constituye un descomunal atentado contra
la juridicidad de la elección de la Máxima Autoridad
de uno de los principales Órganos de Control del Estado,
lo que a su vez rebasa en mucho lo que podría parecer
simples intereses políticos, pues que en el fondo, lo
que existe es un desaforado intento de las clases oligárquicas
de mantener sus privilegios y su dominio sobre la riqueza del
Estado, en perjuicio de toda la población del Ecuador,
para lo cual ha ubicado en la Función Legislativa a sus
serviles representantes, cumplidores de consignas ilegales e
ilícitas, como la de elegir a un Fiscal General que, también
por su incondicionalidad y antecedentes, pueda asegurar la impunidad
de los atracos a los arcas fiscales y a los recursos nacionales
en general, aunque para ello tengan que violar todo el sistema
legal ecuatoriano.
Así analizada, adquiere
su verdadera dimensión, el ataque artero que ha pretendido
inferir la mencionada mayoría del Congreso Nacional al
pueblo ecuatoriano, y por esto los Funcionarios y Empleados del
Ministerio Público del Ecuador, que con abnegación,
honestidad y altos conocimientos servimos permanentemente a
este pueblo, nos identificamos con su lucha contra la corrupción
y contra la injusticia social, que pretenden perpetuarse, con
esta clase de maniobras, y hemos enarbolado desde el primer instante
de la nominación de Francisco Cucalón, nuestra
oposición valiente y decidida, en defensa de la vigencia
de la Constitución, de la Ley, de la Justicia y por la
Dignidad y Respeto que merece el Ministerio Público del
Ecuador.
En consecuencia, nuestra posición
junto al pueblo, será invariable hasta que el Congreso
Nacional adecue sus procedimientos a la Normativa Constitucional
y Legal, que debe regir en un Estado Social de Derecho.
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