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La
Carrera Judicial e independencia de la Función Judicial
Dr.
Bayardo Moreno Piedrahita
A
TRAVÉS DE LA HISTORIA,
la Función Judicial, ha vivido bajo la tutela de las otras
funciones del Estado, sin ninguna posibilidad de proclamar su
independencia, por falta de un órgano estructural propio,
digno y respetable.
Independencia
Judicial
La falta de independencia de
la Función Judicial es una verdad amarga y un axioma irrefutable.
La justicia en la práctica es un servicio público
muy costoso y el terreno propicio para innumerables corrupciones.
La declaración constitucional que anuncia una justicia
gratuita, es una farsa escandalosa que no convence y que mas
bien ofende hasta a los necios, por su audacia. Es un engaño
revestido de bondad.
Las reorganizaciones y reestructuraciones de la Función
Judicial, no han sido más que máscaras repudiables,
por medio de las que algunos políticos han negociado nombramientos
de personas incondicionales a sus intereses, a costa de la ingenuidad
del pueblo y del sacrificio de juristas respetables.
Influencia
política
La Cúpula Judicial de
la última reorganización, fue designada por el
Congreso Nacional, en contubernio con el Ejecutivo, a través
de los partidos políticos, compadrazgos, influencias,
negociados y componendas, y no por la cultura jurídica
y la experiencia.
Las Cortes Superiores, a su vez fueron nombradas, por el mismo
camino, pero por la Corte Suprema de Justicia, en un ambiente
de gran influencia política y el interés desmedido
de ciertos grupos de presión, sin tomar en cuenta el interés
colectivo, ni la capacidad de sus integrantes.
En igual forma, los juzgados de primera instancia de todas las
áreas judiciales han seguido el mismo procedimiento, utilizado
por lo más alto de la Administración de Justicia,
sin respetar el concurso de merecimientos, la capacidad y la
experiencia.
Los de abajo, los de piso en general, para lograr un nombramiento
de secretario, auxiliar o conserje, en las tres instancias hacen
lo mismo, aunque el proceso de nombramiento constituya un suplicio
degradante y lastimero, en algunos casos.
En los cuatro estamentos de la Función Judicial, sí
existen Jueces y Magistrados que constituyen honrosas excepciones
que se han elevado a través de la carrera judicial, cuya
presencia salva a la Administración de Justicia del desprestigio.
En la designación de Ministros, Jueces, Funcionarios,
no se cumple con la carrera judicial y el mandato Constitucional
es una simple aspiración inalcanzable.
Si se reconoce la carrera judicial con las regulaciones que determina
la Ley, la resolución de reestructurar la Función
Judicial dictada por el Congreso Nacional, es atentatoria al
orden constituido, porque es una obligación de los titulares
de las tres Funciones del Estado, respetar la Constitución.
Necesaria
reestructuración
La resolución de reestructurar
la Función Judicial debe ser revisada por el mismo Congreso
Nacional y quedar sin efecto, o a su vez ser declarada inconstitucional
por parte del Tribunal de Garantías Constitucionales,
porque conlleva la dedicatoria y el interés personal de
algunos legisladores y sobre todo el manoseo y la violación
flagrante a la Constitución de la República.
Los jueces deshonestos deben ser removidos y los jueces honestos
garantizados en sus cargos, por el camino de la Ley Orgánica
de la Función Judicial, a fin de que se consagre la respetabilidad
institucional y la credibilidad en la Administración de
Justicia.
Ojalá alguna vez logremos que se imponga la independencia
de la Función Judicial y se respete la carrera judicial
como medio de elección de Magistrados, Jueces y Curiales,
sin el tráfico de influencias de ninguna índole,
que sirva para incentivar la cultura jurídica, el deseo
de servicio a los demás, con la esperanza de llegar a
la Cúpula Judicial, desde abajo, por méritos propios
y la superación.
El Honor y
la Independencia de la Función Judicial
Una de las grandes conquistas
de la Revolución Francesa fue la sustitución del
poder absoluto, por las tres funciones del Estado, con la constitucional
distribución de responsabilidades específicas para
cada una, pero en sentido vertical y no paralelo, a fin de evitar
el predominio del poder político de una, sobre las otras.
En la vida republicana del Ecuador, las tres funciones del Estado
han recibido duros golpes. El ejecutivo ha sido agobiado por
dictaduras, recios embates de cuartelazos y las duras acometidas
del desgobierno. El Legislativo, según la ocasión,
se ha mantenido como simple observador, o dictador colectivo,
con la intensión de usurpar el poder a las otras dos funciones,
y el Judicial, sujeto a las tribulaciones políticas, pretendido
por el Ejecutivo y el Legislativo, sin independencia moral, ni
económico como ocurre en estos días.
En la práctica, los titulares de las tres Funciones del
Estado, han sido propensos a salirse del cause de la ley. En
menor escala, en la Función judicial, aunque no han faltado
algunos que también han incurrido en esa tentación,
por falta de personalidad o por ambición personal.
Estabilidad
y credibilidad en la Adminsitración de Justicia
El afán del Legislativo
y del Ejecutivo por gobernar a la función Judicial, no
ha desaparecido jamás, El Plenario de las Comisiones del
Congreso Nacional, el 18 de octubre de 1995 en forma sorpresiva
e inesperada dictó una resolución encaminada a
la reestructuración de las Cortes Superiores, Cortes Distritales
y Juzgados de Primer Nivel, por intermedio de la Corte Suprema
de Justicia, a pesar de que la Constitución de la República
y la ley Orgánica de la Función Judicial, consagran
la carrera judicial, como el medio eficaz para el nombramiento
de Magistrados, Jueces y Curiales.
No es una novedad, la opinión pública, está
de acuerdo que los Magistrados de Justicia deshonestos deben
ser removidos y los Magistrados honestos garantizados en sus
cargos, para asegurar la estabilidad y la credibilidad de la
Administración de Justicia. El Art. 13 de la Ley Orgánica
de la Función Judicial faculta, a la Corte Suprema de
Justicia, crear, suspender, aumentar, etc., el número
de las Cortes Superiores y Juzgados sin necesidad de ninguna
organización escandalosa que conlleve fines políticos,
para satisfacer compromisos electorales.
El honor y la independencia de la Función Judicial debe
reivindicarse, a pesar del tempestuoso temporal de nuestro enconado
ambiente político. La majestad de su imagen debe mantenerse
al margen del escándalo y la corrupción, como ejemplo
de respetabilidad y autonomía y como el único símbolo
de la Democracia, el Derecho y la Justicia.
Mantener el
honor y la independencia de la Función Judicial
Se debe extirpar a los malos
elementos sin necesidad de órdenes foráneas a la
propia facultad constitucional. Con ello se recupera también
su honor y su independencia.
La Corte Suprema de Justicia, sin crear polémicas, ni
enfrentamientos, debe sugerir al Congreso Nacional que deje sin
efecto la resolución dictada para reorganizar de las Cortes
Superiores, Distritales y Juzgados de primer nivel, porque no
existe razón para que el Legislativo pretenda gobernar
a la Administración de Justicia. Si el legislativo no
acepta la negociación y la cordura para solucionar el
problema, otro camino sería, solicitar al Tribunal de
Garantías Constitucionales que declare la inconstitucionalidad
de la resolución.
Para evitar el manoseo de la Función Judicial y para evitar
que se consuma, la usurpación de la soberanía de
esta Función del Estado, el señor Presidente de
la Corte Suprema de Justicia, debería pronunciarse públicamente
en contra de la reestructuración planteada por el Congreso
Nacional.
La Corte Suprema de Justicia, no debe claudicar en el camino.
La valentía del máximo personero de la actual cúpula
judicial, no puede romperse. Su conducta en el juicio que se
sustancia para sancionar a los responsables de los gastos reservados
y la prevención al señor Presidente de la República,
para que no se inmiscuya en la Administración de Justicia,
ya ha merecido el aplauso de los ecuatorianos.
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