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Derechos
de la tercera edad
Por:
Lic. Osvaldo Agustín Marcón
Licenciado en servicio social - Asistente Social Especialista
e Minoridad - Mensión Especial Junta federal de Cortes
y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas
ES
OBVIO QUE LOS DEREHOS
de los Niños no
forman parte de la agenda política en Argentina. Casi
todos son violados cotidianamente. No obstante puede admitirse
que ha habido un avance a nivel doctrinario. O dicho de otro
modo, ha habido un avance en lo que en momentos de enojo profesional
podría identificarse como 'el terreno de la masturbación
intelectual' : Satisfacción de algunos grupos intelectuales
consigo mismo pero sin construir un espacio en el que fructifiquen
las ideas, se materialicen y satisfagan a otras personas humanas.
No obstante podríamos aceptar que el avance doctrinario
es un momento necesario. Peor sería ni siquiera haber
avanzado en eso.
En el caso de los Sujetos de
Derechos de la Tercera Edad sólo cabe el repudio ante
la precariedad generalizada a que actualmente se los somete,
en términos de realizaciones concretas. No obstante el
momento doctrinario debiera también ser observado
al considerárselo también un momento necesario.
Por comparación con los Derechos del Niño
llama la atención la lentificación del avance en
lo que suele denominarse 'Derechos de la Ancianidad'.
Señalemos algunos de los pocos hitos en este lento trayecto.
En Argentina la Convención
Nacional Constituyente de 1949 reconoció el derecho a
la asistencia, la vivienda, la alimentación, el vestido,
el cuidado de la salud física y moral, el esparcimiento,
el trabajo, la tranquilidad y el respeto. Conocemos el destino
histórico que tuvo la Carta Magna del mencionado año.
A nivel internacional podría
señalarse la Resolución 46/91 de la Asamblea General
de las Naciones Unidas mediante la cual el 16 de diciembre de
1991 se aprobaron los 'Principios de las Naciones Unidas en
favor de las Personas de Edad', agrupados bajo los
títulos Independencia, Participación, Cuidados,
Autorrealización y Dignidad.
Ya en el 2002 la 'II Asamblea
Mundial sobre el Envejecimiento', con representación
de cerca 160 países, produjo el 'Plan de Acción
Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento' y
la 'Declaración Política'. En el mencionado
contexto de escasas realizaciones es interesante rescatar algunas
ideas-fuerza.
El 'Plan' formula una
serie de objetivos entre los que caben destacar los siguientes:
que las personas mayores puedan disfrutar plenamente de sus derechos
humanos, envejezcan de forma segura y fuera del alcance de la
pobreza, participen plenamente en la vida económica, política
y social, y tengan la posibilidad de realizarse en su edad más
avanzada. Asimismo, el documento se centra en la eliminación
de la violencia y la discriminación de las personas mayores,
la igualdad de género, la importancia vital de la familia,
la asistencia sanitaria y la protección social de las
personas mayores.
Por su parte la 'Declaración'
postula la necesidad de una cooperación reforzada
entre los actores involucrados para dotar de más oportunidades
a las personas mayores, reconociendo su dignidad y eliminando
todas las formas de negligencia, abuso y violencia.
En las discusiones previas a
la 'Asamblea' comenzó a circular la idea de desterrar
el estereotipo anacrónico que tiene a las personas mayores
como 'viejos, pobres y enfermos', y comenzar a valorar
la idea del envejecimiento como una conquista de la humanidad.
El concepto de 'envejecimiento activo' es el centro de
la propuesta de Kalache y Hoskins, de la OMS. Se refiere al
proceso de optimización del potencial de bienestar tanto
social como físico y mental de las personas a lo largo
de su vida, de forma de poder vivir en forma activa y autónoma
un período de edad mayor cada vez más largo.
Adherir a tal conceptualización
importa asumir la obligación pública de afectar
recursos para garantizar derechos. Por analogía recordemos
que uno de los motores de los Derechos del Niño
aparece en la inferioridad de condiciones que éstos naturalmente
tienen para la subsistencia. En consecuencia requieren de una
protección especial. Como contrapartida llama poderosamente
la atención cómo los ancianos no son considerados
potenciales portadores de naturales desventajas para afrontar
la subsistencia, hecho que los hace merecedores también-
de una protección especial en toda civilización
que se precie de tal. Un viejo con hambre debiera mover las mismas
emociones que un niño con hambre. Un viejo viviendo a
la intemperie debiera atraer las mismas cámaras de televisión
que un 'chico en situación de calle'. Las reacciones
ante este tipo de situaciones no son casuales sino que reflejan
valores sociales que no existen naturalmente sino que son construidos.
Para que el envejecimiento pueda
ser considerado una conquista debe cursar en condiciones satisfactorias,
material y espiritualmente. Este artículo no expresa nada
nuevo. Sólo recuerda el absurdo de 'barrer la basura
debajo de la alfombra' .
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