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EN TORNO A PRINCIPIOS ORIENTADORES
Estrategias para enfrentar la corrupción


Por: Dr. Juan de Dios Parra

EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN combate a la corrupción sólo será eficaz si combina los esfuerzos del sector público y el privado, del Estado y la sociedad civil. Se requiere movilizar recursos de todo orden, educativos e institucionales. Debe ordenarse en torno a ciertos principios orientadores.

El principio de la probidad.

Debe ser el norte para la actuación de toda persona en la vida social . Es misión del Estado velar porque las medidas preventivas y de castigo de la corrupción se encuadren eficazmente dentro de este principio básico. Para llevarlo a la práctica, se debe diseñar y ejecutar una "política nacional de ética pública", capaz de asumir esta tarea como permanente e intrínseca a la gestión estatal. Debe traducirse, además, un elemento básico de la cultura y modo de vida de la sociedad.

El sistema educativo puede ser estratégico en esta materia. Es preciso vitalizar la enseñanza de la ética en todo nivel. Un medio adecuado es la creación de una cátedra de moral pública en las carreras que preparan a los estudiantes para actividades de interés colectivo. Ello requiere el desarrollo de programas idóneos ilustrados con casos concretos que ponen en cuestión la ética, los cuales se ven a diario en el ejercicio profesional.

Pero esta educación ha de trascender las aulas universitarias para proyectarse a la vida nacional y a la opinión pública. Ello puede ser parte de una política global, fomentada por los sectores privado y estatal.

Existen experiencias en algunos países, como el U.S Office of Government Ethics que, a través de programas audiovisuales, informa y difunde en distintos ámbitos los contenidos básicos de la ética pública.

Al mismo tiempo, es necesario un esfuerzo para crear mecanismos de autorregulación en los poderes públicos y los organismos privados. En cuanto a la esfera privada, puede implantarse en los colegios profesionales, sindicatos, gremios y organizaciones sociales.

Puede ser la forma más apta para velar por la honestidad de sus integrantes, educando, denunciando y sancionando las irregularidades. Lo mismo vale para las instituciones públicas.

La corrupción supone soluciones perversas a los conflictos de intereses. Un adecuado régimen de incompatibilidades para los agentes públicos es necesario para cautelar eficazmente la primacía de interés general. Muchos países han optado por fortalecer sistemas de inhabilidades específicas, que evitan que un funcionario intervengan en materias relacionadas con un interés privado incompatible. Por otra parte, el traspaso de funcionarios del sector público al privado también es fuente habitual de conflictos: por ejemplo, cuando se encargan a un ex empleado público tareas que suponen relaciones con la institución del Estado en que antes se desempeñaba. Algunos países han reaccionado estableciendo prohibiciones transitorias .

El principio de la responsabilidad

Debe inspirar otro tipo de medida. En referencia a los agentes públicos se acostumbra a distinguir entre la responsabilidad civil, penal, administrativa y política. La distinción es relevante.

Puede derivar en medidas disciplinarias, obligación de indeminizar perjuicios, o incluso privación de libertad. Sin embargo, para tener más garantías de responsabilidad, debe progresarse en la consolidación de un régimen de servicio público. Ello supone un adecuado sistema de selección de los funcionarios y un sistema de incentivos y calificaciones basado en el mérito.

Si se quiere exigir una conducta intachable, debe existir absoluta claridad sobre los deberes y derechos delos empleados. En este sentido, puede ser útil la adopción de un código de ética de aplicación general en que se contempla las materias anteriores. Una medida como ésta fomenta la cultura de la probidad y la responsabilidad. Muchas veces los funcionarios incurren en conductas irregulares, no por mala fe sino por ignorancia.

El principio de transparencia

Es sabido que la corrupción prolifera cuando las actividades se desarrollan en la opacidad y la reserva. Una herramienta útil para lograr mayor transparencia es la de establecer como obligatoria una declaración jurada de patrimonio, intereses y actividades. Para que sea más eficaz es deseable que sea prestada ante un ministro de fe, tanto en el momento de acceder al cargo, como cuando expira en sus funciones. La declaración debe ser pública con el fin de conocer y sancionar su eventual falsedad. Asimismo, debe permitirse el acceso de todo ciudadano a las estadísticas e informes de las dependencias de gobierno. La ley debe reglamentar el derecho a la información e indicar cuándo ésta debe ser considerada confidencial. Este cuerpo normativo debe establecer las sanciones por la negativa a entregar información.

El financiamiento de la actividad política constituye una de las materias menos reguladas en América Latina. L as conexione e influencias entre el mundo político y el económico tienen contornos difusos y poco transparentes. Resulta imprescindible repensar los actuales sistemas de financiamiento de la política. Sin conocimiento y fiscalización, se termina afectando el prestigio de la democracia. Debe garantizarse la debida transparencia y publicidad de los ingresos y gastos de los Partidos Políticos. Especial importancia revisten los aportes a las campañas electorales. En este sentido, un instrumento posible es la exigencia de una declaración jurada de cada candidato electo, que señale las fuentes de su campaña, siempre que los aportes superen un monto relevante.

El principio de la eficacia

El control y la regulación deben armonizarse con la eficacia. Los excesos en ambos sentidos pueden favorecer prácticas corruptas. Estas pueden ser alentadas por la frondosidad burocrática y las regulaciones inútiles. Cuando los particulares no cuentan con reglas claras y razonables en su relación con el Estado para fines legítimos, acudirán cada vez más a códigos no regulares de comportamiento. Por otra parte, la ausencia de mecanismos de control y fiscalización genera espacios de discrecionalidad arbitraria y finalmente de impunidad. Por ello, un mecanismo de control y fiscalización no debe transformarse en una instancia de burocratización e ineficiencia. Toda herramienta o sistema de control utilizado debe cumplir con la norma de ser oportuno, eficaz y eficiente.

Es necesario establecer sistemas que permitan la fiscalización de una determinada actividad, garantizando al mismo tiempo la racionalidad en el uso de los recursos. Una instancia idónea es el Parlamento, el cual, con sus facultades y funcionarios reconocidos a nivel institucional, debe cautelar por la responsabilidad de la administración de turno. Otro mecanismo eficaz es el sistema de auditoria selectivas encargadas por una institución del Estado a empresas auditoras privadas. Este procedimiento permite concentrar la atención en organismos que pueden estar más expuestos a irregularidades. Evita que el sujeto auditado sea quien encargue la auditoría. Esto refuerza la independencia y severidad de esta labor. La imposibilidad de predecir la identidad de los entes que deberán ser examinados, obliga a realizar una seria gestión contable.

El principio de la participación.

El éxito en la promoción de la ética pública depende, en parte fundamental, del nivel de madurez, compromiso e información de la sociedad civil para desempeñar un rol contralor en la materia. Allí donde la ciudadanía no asume un papel activo en la lucha contra la corrupción, es muy difícil lograr resultados satisfactorios. Por ello el Estado debe facilitar condiciones para que se ejerza una rendición de cuentas en todos los niveles. El control social puede asumir diversas modalidades según las características propias de cada sociedad. A veces será a través de organizaciones no gubernamentales, o en figuras como el Defensor del Pueblo u "Ombudsman". Se podrá ejercer mediante organismos públicos, especialmente creados para recibir denuncias de irregularidades y tomar las medidas del caso.
Los medios de comunicación social cobran especial importancia. Una oportuna y adecuada información a la opinión pública puede ser el mejor instrumento de control. No parece posible una acción concertada contra la corrupción, que no suponga una prensa independiente, responsable y profesional.

Modelos institucionales

La descentralización del Estado suele mencionarse como una herramienta eficaz de combate a la corrupción. Implica un traspaso de poder de los órganos centrales a las comunidades locales. En un espacio más reducido se puede ejercer de mejor manera la fiscalización y el control. El mayor volumen de recursos que pasan a administrar, los contratos que celebran y los permisos que otorgan, pueden generar en los gobiernos locales conductas ilegítimas. Para impedir que lleguen a entronizarse, debe haber adecuados mecanismos de control, así como una reglamentación sobre su actividad. La formación del personal del municipio aparece también como una necesidad impostergable.

Los mecanismos preventivos para combatir la corrupción constituyen el principal eje para enfrentar este fenómeno. Sin embargo, es preciso adelantar una eventual insuficiencia de las medidas adoptadas. Siempre será necesario contemplar instancias o instrumentos para una sanción ejemplar.

La creciente complejidad de las acciones corruptas y su carácter soterrado, sugieren la necesidad de crear organismos especializados. Una fiscalía anticorrupción puede estar radicada en diversas estructuras del Estado. Dependiendo del a organización de cada país, las alternativas pueden ser un órgano especializado del Ministerio Público; una instancia dependiente de un consejo de defensa del Estado; servicios jurídicos especializados; una fiscalía nacional o general.

El combate a la corrupción implica, también, perfeccionar la configuración del delito y de la pena, a fin de hacerlas aplicables y reducir los ámbitos de impunidad. Especial atención merecen los delitos de cohecho, malversación de caudales públicos, prevaricación, fraudes, exacciones ilegales y negociaciones incompatibles. Por otra parte es necesario estudiar la incorporación de otras figuras penales ya recogidas por algunos sistemas jurídicos, como el tráfico de influencias y el uso indebido de información privilegiada.

Por último, hay que resaltar el sistema de procedimiento penal. Un combate efectivo contra la corrupción sería incompleto si los ordenamientos jurídicos sólo dispusieran sobre los delitos y penas, pero fuesen deficitarios en cuanto a las atribuciones para investigarlos y probarlos. Un aso que se debate es el del secreto bancario, y su posible incidencia en la corrupción y lavado de dinero.

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