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Las
telecomunicaciones podrían, al fin, cambiar radicalmente
Por:
Clemente José Vivanco
ESTUDIO JURIDICO VIVANCO Y VIVANCO
LAS
TELECOMUNICACIONES SON UN SECTOR
en el que están en jugo muchos intereses, tanto económicos
como políticos. El obsoleto marco regulatorio de las telecomunicaciones,
vigente en el país, ha impedido que nuevos operadores
entren al mercado e introduzcan modernos y eficaces servicios
que en último término beneficiarían a la
sociedad.
El 30 de agosto de 1995 se realizaron las últimas reformas
importantes a la Ley Especial de Telecomunicaciones, que permitieron
el aparecimiento de nuevos servicios tales como el Internet,
la transmisión electrónica de datos y la telefonía
móvil celular. Sin embargo, en mundo de las telecomunicaciones
cambia vertiginosamente y luego de cinco años, se torna
imprescindible realizar nuevas reformas. Para esto, el CONAM
y un grupo de asesores del sector público han trabajado
por más de un año en la elaboración de un
Proyecto de Ley de Telecomunicaciones, luego de haber estructurado
más de diez anteproyecto, por lo que al parecer surge
uno definitivo.
En busca de
la lbire competencia
A pesar de ser un proyecto realizado
por funcionarios del sector público, quienes en ningún
momento solicitaron la opinión de las empresas privadas
de telecomunicaciones, este proyecto idealiza la libre competencia
en el sector. Después de varios meses de trabajo, el CONAM
ha llegado a pulir el Borrado signado con el número 18B
del Proyecto de ley.
Entre los principios básicos se destacan el de la libre
iniciativa, la libre competencia en el sector de las telecomunicaciones,
el país seguirá teniendo servicios de pésima
calidad con precios más altos que el promedio internacional,
como es el caso de los servicios prestados por vicios de telecomunicaciones
así, todo el trafico ilegal con dudosas complicidades
y sin escandalos es superior al 50% por lo que al reducir las
tarifas se legaliza el tráfico este aumenta y entonces
realmente el estado recibe más recursos. El proyecto de
ley da un paso adelante al establecer la libre competencia en
el sector de las telecomunicaciones condenando los monopolios
y la competencia desleal.
Seguridad
para el inversionista
La libre competencia en sí,
es muy beneficiosa para el nuevo inversionistas que podrá
entrar a competir en el mercado en condiciones igualitarias al
resto de operadores. El órgano regulador podrá
conceder títulos habitantes para que nuevos operadores
entren al mercado. Los servicios públicos de telecomunicaciones
que son básicamente los de telefonía fija local,
nacional e internacional necesitarán de una concesión
para poder ser ofrecidos. La prestación de servicios comerciales
de telecomunicaciones requerirán una autorización
o un permiso según sea el caso. Entre los servicios comerciales
de telecomunicaciones se encuentran los de telefonía móvil
celular, la transmisión de datos, los servicios troncalizados
y el internet. Para utilizar el espectro radioeléctrico,
el ente regulador deberá otorgar una concesión.
Estas son las principales formas para obtener la autorización
por parte del órgano regulador para prestar servicios
de telecomunicaciones en este punto debe ratificarse a la liberalización
total del internet con su variedad de servicios.
En cuanto al control, se le otorga a la Superintendencia de Telecomunicaciones
la obligación de controlar la adecuada prestación
de servicios. Este ente de control podrá además
aplicar sanciones a las empresas que con sus actuaciones atenten
contra las telecomunicaciones. Estas sanciones pecuniarias pueden
ascender hasta 500.000 unidades de valor constante. Esto permite
precautelar el buen desenvolvimiento del mercado de las telecomunicaciones
y limitar los abusos de esta institución que ha pretendido
convertirse en la dictadura del sector. Entre las prácticas
sancionadas están el incumplir las estipulaciones contractuales
suscritas con los usuarios, negarse a suministrar la información
solicitada por el CONATEL o por la SUPTEL, cobrar por la prestación
de servicios de telecomunicaciones precios o tarifas superiores
a los establecimientos por el organismo de regulación,
incumplir con los índices de calidad, producir interferencias
perjudiciales a estaciones de radiodifusión o televisión,
o la prestación de servicios que no correspondan al objeto
del título habilitante.
Para garantizar el debido proceso y para evitar posibles abusos
por parte de las autoridades de control, el artículo 112
del proyecto de ley establece que las sanciones impuestas por
la Superintendencia de Telecomunicaciones podrán ser impugnadas
ante el Consejo Nacional de Telecomunicaciones y estas a su vez
frente al Tribunal Contencioso Administrativo.
Organos de
las telecomunicaciones
El proyecto busca eliminar los
tediosos, largos e inútiles procesos burocráticos.
Le otorga al CONATEL la calidad de persona jurídica de
derecho público, con autonomías financieras, administrativas
y operativa, y lo constituye como el organismo de regulación.
Este Consejo estará integrado por cinco delegados del
Presidente de la República, uno de los cuales lo presidirá
al Superintendente, por la experiencia de que no puede ser juez
y parte se le priva del voto y solo podrá informar cuando
CONATEL lo requiera. En la actualidad, el CONATEL esta integrado
por un representante del Presidente de la República, el
Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Secretario
General del Consejo Nacional de Desarrollo, que ya no existe,
el Secretario Nacional de Telecomunicaciones, el Superintendente
de Telecomunicaciones, un representante designado conjuntamente
por las cámaras de la Producción y el representante
legal del Comité Central Unico Nacional de los Trabajadores
de EMETEL que tampoco existe. Esta estructura le impide introducir
los cambios necesarios en el área de telecomunicaciones.
Tambuestras telefónicas. Más operadores en el mercado,
cuya actividad esté debidamente reglamentada, se traduce
en mejores servicios a precios competitivos. Lejos de ser una
declaración teórica, la libre competencia en el
proyecto de ley es una realidad claramente reflejada en los procedimientos
de obtención de las autorizaciones para operar, en las
funciones del ente regulador, y en la obligatoriedad de interconexión.
El artículo 72 del proyecto de ley obliga a los operadores
de redes públicas interconectarse y permitir la interconexión
con otras redes de operadores que lo soliciten, en cualquier
punto que sea técnicamente factible. Para esto, se deberán
observar principios de igualdad, no discriminación, neutralidad
y libre competencia a cambio de la debida retribución
que deberá ser uniforme, equitativa y a su vez, no discriminatoria.
Las empresas que deseen convertirse en operadoras de telecomunicaciones
deberán tramitar el correspondiente título habilitante
de operación ante el órgano regulador, el mismo
quién se elimina la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones,
la misma que con las nuevas atribuciones del CONATEL no tiene
razón de existir. Se confirma a la Superintendencias de
Telecomunicaciones la facultad otorgada por la Constitución
Política de la República limitando su actividad.
Al control y supervisión en relación con el cumplimiento
de los contratos de concesión para la prestación
de los servicios públicos de telecomunicaciones y para
el uso del espectro radioeléctico. Sin embargo, el artículo
99 del proyecto de ley establece las causales por las cuales
el Congreso Nacional podrá destituir al Superintendente,
entre las que están el cometimiento de infracciones en
el desempeño de sus funciones, la ineptitud manifiesta,
y el auto de apertura a plenario en su contra. Por su parte,
el CONATEL, basado en cualquiera de las causales establecidas
para el efecto, podrá solicitar al Congreso Nacional la
remoción del Superintendente de Telecomunicaciones, recordando
que el proyecto de Ley entre el CONAM y el CONATEL fue alterado
pretendiendo hacer del Superintendente el Dios de las telecomunicaciones.
Beneficios
colectivos
Este nuevo proyecto también
establece claros beneficios a favor de la colectividad. Se crea
el Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FODOTEL) el
mismo que se destinará a financiar la prestación
de servicios de telecomunicaciones en las áreas rurales
y urbano marginales. Este fondo estará financiado por
las contribuciones que deberán hacer las empresas de telecomunicaciones
tomando como base la totalidad de sus ingresos. EL FODOTEL no
será otro organismo burocrático de prebendas y
favoritismos ni burocracia dorada muy por el contrario, será
un simple fondo económico que será administrado
por el CONATEL a través de un fideicomiso.
Con el fin de extender la cobertura de las telecomunicaciones
a todos los ecuatorianos, la nueva ley establece la obligación
de prestar los servicios de telefonía fija local, nacional
e internacional todos los habitantes del territorio nacional,
sin perjuicio de su condición económica, social
o su localización geográfica, a un precio asequible
y con la calidad debida. En cuanto a las tarifas de todos los
servicios de telecomunicaciones, el proyecto establece que el
organismo de regulación los controlará en caso
de que no aprecie un adecuado desenvolvimiento de la libre competencia
en un sector concreto del mercado.
El último año, el CONAM ha elaborado al menos diez
proyectos de ley de Telecomunicaciones, de los cuales el último
(signado con el número 18B) es el que más se adapta
a la realidad nacional y con el cual las telecomunicaciones en
el país podrán seguir desarrollándose en
beneficio de la sociedad ecuatoriana. Esperemos que el Ejecutivo
aproveche de este esfuerzo del CONAM y envíe el proyecto
de ley al Congreso Nacional, con el fin de impedir que las telecomunicaciones
naufraguen y seremos el último país de América.
Se lo concederá siempre que se justifique técnica
y económicamente la solicitud. De esta forma, las empresas
se disputarán el mercado con nuevos e innovadores servicios
a precios cada vez más bajos. Por poner un ejemplo, de
darse la liberalización de las llamadas internacionales,
el precio actual de US$0,90 (promedio) podría bajar a
US$0,20. Es indispensable que con esta competencia el más
beneficiado es el consumidor final que se verá en la beneficiosa
disyuntiva de escoger entre diversos proveedores de serién
se elimina la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones,
la misma que con las nuevas atribuciones del CONATEL no tiene
razón de existir. Se confirma a la Superintendencias de
Telecomunicaciones la facultad otorgada por la Constitución
Política de la República limitando su actividad.
Al control y supervisión en relación con el cumplimiento
de los contratos de concesión para la prestación
de los servicios públicos de telecomunicaciones y para
el uso del espectro radioeléctico.
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