![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
TEMAS
Recreando privacidad en el ciberespacio Por: Maria Helena Barrera
& Jason Montague OkaiEL CIBERESPACIO ES UN CONJUNTO de actividades digitales almacenadas automáticamente en memorias electrónicas siempre en desarrollo. Un día en la vida de un cibernauta puede ser reconstituido en detalle, siguiendo las huellas de sus acciones, las mismas que pueden ser recuperadas y preservadas indefinidamente. Comprar un diario en la calle y hojearlo en un café solo crea recuerdos en la memoria de contadas personas. Acceder a un periódico en el ciberespacio y revisar las noticias deja una traza específica que puede ser monitoreada y recuperada despues de años con exactitud.
La desaparición de la privacidad
Bajo las circunstancias descritas, el ciberespacio es el perfecto ambiente orweliano, donde la desaparición de toda privacidad parece inminente. El escenario predecido por el Juez Brandeis in Olmstead v. U.S. se ha vuelto realidad banal. Tal realidad debe suscitar una reevaluación de los elementos que conforman la noción de privacidad. El que nada pueda permanecer privado no significa que a nada deba conferirsele un status de privacidad. Privacidad es un elemento clave de la vida en democracia, independiente del espacio en el que las actividad es humanas se desarrollan y de la naturaleza de los instrumentos usados para indicarla.
Es comúnmente aceptado que actividades efectuadas extra muros tienen menor privacidad que aquellas intra muros, o que los mensajes enviados dentro de un sobre implican mayor privacidad, por oposición de aquellos contenidos en una tarjeta postal o simple hoja de papel. La diferente consistencia de los materiales usados para impedir acceso, sea papel o concreto, no tiene importancia. Muros y sobres sirven para ratificar la existencia de un requerimiento de privacidad por parte de quien los usa para limitar el acceso de terceros. La vulnerabilidad o fortaleza material de los límites impuestos no cuenta, siempre y cuando su existencia sea evidente como indicador de privacidad.
Con el advenimiento del ciberespacio el panorama al respecto se transformó dramáticamente. En un espacio totalmente inmaterial los objetos aceptados como indicios de privacidad no existen. De pronto los indicadores de privacidad no estan presentes.Significa ello que la privacidad se desvanece igualmente?
Esta claro que no. El derecho a la privacidad permanece, tan solo se debe establecer nuevos indicadores, nuevas convenciones, nuevos límites delante de los que toda intrusión se considere una violación de privacidad. Establecer dichos límites implica analizar la simbología y significados asociados con privacidad en el espacio físico. Este artíulo trata sobre la aplicación de tales principios respecto de la correspondencia digital.
Correspondencia digital v. Correspondencia física:
Desde la creación del correo electrónico la cuestión de su privacidad ha sido sujeta a la mas cercana analogía posible, la del correo tradicional. Dicha analogía ha dominado todos los intentos normativos, especialmente aquellos dirigidos a determinar que clase de contenido digital es digno de protección en el caso de una intervención gubernamental. Cuando incongruencias en la analogía son evidentes la tendencia es usar otras como la de una conversación telefónica, para complementar o substituir determinados elementos propios del correo físico. El uso de analogías en referencia a cambios tecnológicos es común. Sus características en referencia a e-mails son sin embargo especiales. Correo físico ha sido usado como un lecho de Procusto en referencia al correo digital. La idea es encontrar identidad incluso allí donde es imposible, transformar correspondencia electrónica en un todo como cualquier otro de transporte y entrega de mensajes sin reconocer su inherente diversidad. Es necesario entonces abandonar el uso de analogías, y reconocer que nos encontramos frente a un medio de comunicación esencialmente diverso.
Cuan diverso es el correo electrónico
Es posible comprenderlo con ejemplos tales como la falla de seguridad en el sistema de Microsoft Hotmail. Hotmail es un servicio gratuito de correo electrónico, con aproximadamente cuarenta millones de usuarios al rededor del mundo. El 24 de agosto de 1999 un cambio en la configuración del sistema dejó vulnerables los buzones de la totalidad de usuarios. Hackers descubrieron la falla, crearon un programa que permitía libre acceso a cuentas Hotmail y lo pusieron en libre uso en el Internet.
Hasta el 30 de agosto, fecha en que el problema en el sistema fue corregido el áfanico control posible fue la obstrucción de sitios que en todo el mundo aparecían con el script que permitía el acceso no autorizado. Localizar y bloquear dichos sitios fue tarea similar a la destrucción de Medusa: Por cada uno neutralizado, algunos otros aparecen de inmediato.
Ninguna falla de sistema similar puede suscitarse en referencia del correo físico, al sistema telefónico o las comunicaciones por fax. El correo electrónico es simplemente un fenómeno sin antecedentes, cuyas características más heterodoxas se comentan a continuación.Multiplicidad, ubicuidad, dispersión
Un mensaje digital no es un documento áfanico. Desde su creación, un
e-mail es múltiple, implica la existencia de dos o mas duplicados. Correo tradicional existe en general en una sola copia.
La multiplicidad implica otras características: Primo, la ubicuidad del correo electrónico. En el momento en que el usuario envia el mensaje, no solamente se han creado multiples copias del mismo, sino que dichas copias estan potencialmente diseminadas en todo el mundo, dependiendo del punto de partida y de llegada del mensaje. Si el correo tradicional tuviese la misma característica, desde el momento en que una persona deposita una carta en el buzon, copias de la misma estarian no solo en poder del servicio postal sino también de un infinito numero de personas en todo el mundo.
Cada persona que posee un e-mail esta en la capacidad de duplicarlo abinfinitum, no solamente en comunicaciones de individuo a individuo, sino por medio de listas de correo, boletines digitales y news. Todo ello desde luego con la inherente perfección de las copias electrónicas, sin ninguna perdida de cualidad doquiera el mensaje es enviado.
Las copias creadas en la memoria de la computadora que se ha usado para crear el mensaje son un problema que también debe tomarse en cuenta. Normalmente el usuario conoce de la existencia del original, y si lo desea puede destruirlo, guardarlo, copiarlo. Las copias temporales sin embargo son corrientemente ignoradas: Los archivos temporales creados en el momento de la redacción pueden ser de dos clases.
Primero, aquellos propios del sistema, que generalmente desaparecerán una vez desactivado el programa.
Segundo, aquellos creados en los archivos de URLs visitadas ("historia"), de programas como Netscape Communicator o Internet Explorer. Incluso luego de su desactivación el contenido de las direcciones visitadas puede ser consultado por cualquier otro usuario si no se ha tomado la precaución de borrarlo antes.Las copias
Las copias creadas después de enviarse el mensaje quedan grabadas en el servidor del proveedor de acceso. Cada mensaje enviado se guarda en un archivo general de salvagualdia o backup. Si el correo tradicional funcionase como el electrónico, el servicio postal estaría autorizado a guardar una copia de todos y cada uno de los mensajes enviados en todos y cada uno de los puntos por donde el mensaje ha transitado, incluyendo copias permanentes en el punto de envio y en el de recepción.
Sin olvidar que cualquier persona en posesión legítima o ilegítima del mensaje puede reiniciar el proceso, copiando y reenviando el mensaje. Y, el corolario mas extraño, el mismo usuario o los poseedores potenciales pueden además crear copias con solo accesar y consultar el mensaje, sea desde su computadora personal o, en el peor de los casos, en terminales p\'fablicos carentes de sistemas de limpieza autom\'e1tica de memoria.n10
Finalmente, es necesario decir que el panorama trazado solo incluye posibilidades de acceso y manejo que son consideradas legales. Intervenciones estrictamente ilegales, intercepción, fraude, acceso no autorizado, no han sido tomadas en cuenta en el análisis.Nociones de dominio en el ciberespacio
Al enviar correo electrónico, dos fases concernientes a la privacidad aparecen. En primer lugar la transmisión y entrega del mensaje. En segundo lugar, la salvaguardia del mismo, producida en sucesivas fases desde la creación, a lo largo de la transmisión y posteriormente a esta. La complejidad de esta materia reside en su novedad: Nociones de dominio sobre copias físicas de mensajes presuponen la existencia de un original y evetualmente algunas copias. Respecto a e-mail es posible encontrar docenas o incluso centenas de copias diseminadas en servidores localizados a lo largo del planeta. Si a ello sumamos la inexistencia de un sistema postal centralizado, la complejidad del problema se percibe en toda su magnitud.
La disolución del concepto de dominio
Talvez uno de los mas difíciles aspectos legalmente hablando es la disolución del concepto de dominio utilizado normalmente. Si bien dominio no implica autoridad necesariamente, tal disolución puede afectar la apreciación jurídica bajo determinadas circumstancias.
El correo electrónico existe en multiples copias, es una entidad ubicua que es reproducida en un contexto totalmente heterogéneo e internacional cuando se envía. Es exactactamente la clase de comunicación que demanda la intervención de terceros, generalmente de caracter privado en su control y mantenimiento. La transmisión y salvaguardia de cada mensaje implica la intervencion, algunas veces por intermedio de programas informáticos, otras directa y personalmente, de los proveedores de servicio que controlan las redes parte del Internet, y, mas precisamente, de los operadores de sistema a cargo de su manejo.
La naturaleza misma de trabajo de los operadores de sistema implica procesar, manipular y enrutar mensajes. Esta descripción parece muy cercana a la del trabajo de los empleados del servicio postal, y lo es hasta un cierto límite.Otras características evidencian la diferencia:
- El operador de sistema puede acceder y monitorear mensajes, guardar copias de salvaguarda y manejar su contenido, modificación y manipulación. La amplitud de sus actividades es determinada por razones té
cnicas: Intranets y extranets no funcionarian adecuadamente sin tal intervencion.
- Apertura de correspondencia es permitida bajo circunstancias extraordinarias a los empleados postales. A diferencia de ellos, la apertura de mensajes electrónicos puede ser una necesidad diaria y normal para operadores de sistema. Monitoreo y vigilancia es una materia más delicada, cuya mas cercana analogía es la de comunicaciones en tiempo real y llamadas telefónicas. Mantenimiento y manejo de copias de respaldo están fuera de cualquier comparación, puesto que dichas copias son completamente extrañas a la naturaleza del correo físico o de comunicaciones en tiempo real.Categorías de información
Algunos académicos consideran que existe completa identidad entre correo electrónico y el contenido de los archivos de copia de respaldo. Tal identidad no existe.
Las dos categorías de información archivada son claramente distintas. En circunstancias normales, los usuarios pueden áfanicamente acceder a los mensajes en su cuenta de correo electrónico que están activos, en otras palabras, que no han sido borrados automáticamente o descartados por el usuario mismo.
El contenido de los archivos de respaldo es mucho mas completo y complejo, incluyendo mensajes descartados, borrados, jamás abiertos por el usuario, mensajes filtrados y enviados automáticamente a espacios de descartables. Los mensajes voluntariamente descartados, especialmente aquellos nunca abiertos y leídos pueden verse como mensajes físicos desechados, y su estatus jurídico no está claro.
El contenido de los archivos de salvaguardia está fuera del alcance del usuario. Los procedimientos de acceso estándar, incluyendo la cobertura con la palabra clave personal y secreta no comprenden dichos mensajes.
Si un usuario desea acceder a esa información, debe solicitarlo al operador de sistema, en un procedimiento que requiere tiempo y dinero en la búsqueda. Los archivos de salvaguardia están asi de facto fuera del control del usuario; en algunos casos el contrato con el proveedor de servicio Internet y correo electrónico prevee la previa e incondicional aceptación del usuario a tal circunstancia. Es en consecuencia el operador de sistema quien tiene control y posesión de los archivos de salvaguardia.Si el operador de sistema tiene la posesión de los archivos de salvaguardia, dicha posesión implica también responsabilidades. Dichas responsabilidades van más allá del área técnica, y están siendo moldeadas en la práctica por las expectaciones jurídicas y sociales de los usuarios y el público en general. La principal responsabilidad es diligencia, complementada por un sentido de alerta, sin que ello incluya omnipotencia sobre los contenidos de los mensajes manejados.
La estructura puede ser comparada con aquella de los servicios postales privados o couriers. Esta área es subjetiva, puesto que hasta el momento no existe una regulación específica al respecto.
La pregunta subsecuente, que clase de privacidad puede encontrarse y esperarse razonablemente bajo las circunstancias descritas tiene una respuesta simple. Como en otras áreas legales, el objetivo es encontrar proporcionalidad entre el control razonable que la sociedad debe reconocer al operador de sistema, de conformidad con sus necesidades técnicas, y los límites naturales que el valor de la privacidad impone. Hoy por hoy, una ausencia casi total de normas legales hace difícil determinar dónde se encuentra el punto intermedio. Las responsabilidades de los operador es de sistema y los proveedores de internet con relación a la privacidad de sus usuarios son cuestiones abiertas a discusión.Privacidad en comunicaciones digitales
La inviolabilidad de la correspondencia es un paradigma establecido, cuyas contadas excepciones solo reafirman su importancia. Esa percepción fue consagrada por ley en la mayor parte de naciones democráticas, en los Estados Unidos por ejemplo en el Bill of Rights y por estatuto casi inmediatamente. Dicha inviolabilidad jurídica precedió está profundamente arraigada en sistemas de derecho romano y common law por igual. Es paradójico que aparentemente dicho principio no pueda ser trasladado al ciberespacio, a pesar de su fuerza y permanencia.
La aparición del ciberespacio ha determinado un dramático cambio en la percepción de privacidad sobre mensajes. E-mail es un método de comunicación global, inmaterial e instantáneo. Esas tres caracteristicas lo convierten en un medio jurídicamente inexplorado, extremadamente vulnerable desde un punto de vista psicológico, técnico y legal. Personas que jamás imaginarían la posibilidad de violar la correspondencia de terceros no dudan en examinar mensajes electrónicos ajenos. Si dos copias de un mismo mensaje se envían, una por correo normal y otra en forma digital, ciertas jurisdicciones mirarán la primera como inviolable y la segunda como accesible. Dicha situación es inaceptable en un punto de vista legal y ético. El soporte físico de un mensaje es puramente incidental y accesorio, y en consecuencia no debe afectar el estatus legal de la correspondencia.
La inviolabilidad de correspondencia digital o física no debe ser limitada por el método de acceso usado para percibir su contenido o el lugar en el que se guarda, preserva o mantiene provisional mente dichos mensajes.
La pregunta es si ese derecho es también independiente de la tangibilidad del soporte del mensaje. En otras palabras, si un mensaje electrónico es o no digno del mismo tratamiento que un mensaje escrito en un objeto físico, por el solo hecho de estar concretizado en forma digital. En un sentido amplio dicha cuestion implica reevaluar el equilibrio existente entre los instrumentos designados para proveer privacidad y los instrumentos creados para permitir acceso, inspección y apertura del mensaje.Como repensar privacidad en tal panorama no es una pregunta simple.
La primera posibilidad aparentemente es aplicar por analogía los elementos de privacidad que existen en cuanto se refiere al correo físico. Sin embargo, analogía no es un camino adecuado para analizar problemas creados por las nuevas tecnologías, porque conlleva demasiados preconceptos. Es mejor aplicar translación, un método que ha sido usado inicialmente en los Estados Unidos para adaptar la ley a cambios tecnologicos inesperados. Dicha translación debe ser usada con prudencia. El objetivo es en primer lugar aplicar el método de translación a la noción de privacidad en correspondencia digital, identificando una estructura básica común en sus fundamentos. En segundo lugar, ir mas allá de translación, proponer un paradigma independiente de la naturaleza de los instrumentos usados para comunicar el mensaje, un paradigma no relacionado al eventual soporte utilizado en un sistema de comunicación.
Privacidad mas allá de soportes físicos
Desde la creación de servicios postales, la unica barrera entre los mensages de las personas y el publico conocimiento ha sido una frágil cobertura, hecha primero de arcilla, luego de pergamino y de papel. Su eficacia obviamente no es física sino intangible, fundamentada en valores sociales y legales. Mas allá de la inherente debilidad de dicha barrera, la existencia de sobres implica y hace evidente una volición de privacidad. La eficacia de frágiles contenedores es en tal punto de vista directamente proporcional a su simbolismo. Tal admite ha sido complementado por la existencia de un sistema postal, público o privado, destinado a garantizar la seguridad del mensaje en su transporte y entrega. Dichos sistemas están reconocidos en todo el mundo y tienen una estructura legal clara y estable.
La correspondencial digital carece aparentemente tanto de una barrera física como de un sistema postal dedicado. Mensajes digitales son entidades intangibles, limitadas por barreras inmateriales, transportadas mediante un conglomerado amorfo de vida electrónicas controladas por entidades privadas y públicas sin fines postales.
Cómo encontrar bases de un estatus privado bajo esas circunstancias? Talvez es necesario retrotraerse a las bases mismas de lo que constituye privacidad.La privacidad sobre mensajes puede ser vista como la capacidad de excluir terceros de la percepción de un determinado contenido. Tomada en un sentido literal, esa capacidad no es sino la posibilidad de mantener un mensaje secreto, utilizando habilidad personal, ingenio y/o fuerza. Tomada en un sentido juridico, dicha capacidad es un derecho determinado en detalle por la ley: El reconocimiento de fragiles límites al acceso general como sobres y contenedores y la regulación del sistema postal no son sino convenciones admitidas legalmente a la hora de invocar privacidad. Para dotar de privacidad a la correspondencia electrónica, es necesario reconstituir esas convenciones en el espacio digital.
Cuales son las bases primordiales de la privacidad, independientemente de los métodos de comunicación utilizados?
El áfanico elemento aparentemente estable es el mensaje y sus connotaciones. Ello implica aparentemente una búsqueda en el contexto y contenido del mensaje, demasiado subjetiva para ser áfatil. Al contrario, es necesario centrarse en las expresiones exteriores que implican una volición de privacidad. En el mundo físico, una persona que desea privacidad para su mensaje lo torna no visible a los ojos de terceros, introduciéndolo en un sobre o contenedor, y, en segundo lugar, lo confía a una entidad postal reconocida, sea esta estatal o privada. No hay privacidad si el mensaje esta escrito en una hoja de papel simple, sin protección alguna. No hay privacidad tampoco si el mensaje, incluso cubierto por un sobre de metal es confiado al primer extraño para ser entregado al destinatario. Los dos elementos, un límite que determine que el mensaje es privado y un sistema postal reconocido como tal, son la estructura básica de la volición de privacidad.
El trasladar dichos elementos al ciberespacio requiere tiempo e intervención jurídica. El áfanico límite estándar asociado con el correo electrónico es el buzón digital protegido por una palabra clave. No hay límites o elementos materiales que se correlacionen con mensajes digitales Ello implica que, talvez por primera vez, resulta indispensable tratar al fenómeno de la privacidad sobre correspondencia como el fenómeno enteramente intangible que es.
Indicios en lo intangible: Estructuras digitales de privacidad.
La correspondencia digital a pasado de ser una vida de comunicación elitista y casi exclusiva a un estándar generalizado y prevalente. Con el tiempo es posible que se convierta no solo en una alternativa de interacción sino en la vida preferida y básica de correspondencia.
Tal realidad conlleva la necesidad de proveer privacidad, puesto que un estandar de comunicaciones no puede ser estigmatizado debido a su naturaleza heterodoxa. Si un intercambio general y libre de mensages debe existir en el ciberespacio, el riesgo de exposición indebida de evitarse a toda costa, está en el interés de la sociedad el construir un paradigma en el que mensajes digitales gocen de seguridad equivalente a la que se asegura para mensajes físicos.Soluciones relacionadas con sobres digitales.
Múltiples métodos se han sugerido con el objetivo de crear algún tipo de límites digitales tangibles y específicos. Idealmente, esos límites deben contar con las características de los sobres utilizados para correo físico: Deben ser señales de violación de privacidad, cápsulas que contengan y protejan un contenido, e instrumentos de memoria que registren cualquier tipo de agresión o intento de ruptura. Una ventaja del ambiente digital es que en un espacio hecho de records, el límite representado por un sobre electrónico es la frontera entre el ciberespacio en general y los records privados que contienen el mensaje.
Uno de los instrumentos propuestos para la creación de límites es la expansión de mecanismos de anonimidad en el Internet. El objetivo es tornar completamente imposible la identificación de la persona que enviá el mensaje, con la obvia excepción del destinatario. La disjuncción entre el remitente y el mensaje haría imposible una violación de privacidad, puesto que tal ilícito solo sería posible si se conociese al remitente.
Los problemas que conlleva esta solución son duales:
En primer lugar anonimidad no puede ser sinónimo de privacidad, desde un punto de vista legal.
Anonimidad es solo una de las posibilidades que la privacidad brinda, uno de los componentes de un derecho mucho mas vasto y global. En segundo lugar, anonimidad puede ser destruida en cualquier momento, por regeneración leg\ítima o ilegítima de la traza que conecta (incluso en los mejores instrumentos), el mensaje con su creador.
Encripción es aparentemente la mejor posibilidad para responder a la totalidad de los problemas de privacidad en correspondencia digital. Puede ser utilizada para anonimizar o tornar impenetrable un mensaje dado.
Más allá del debate permanente sobre la legitimidad en el uso de criptografía, su utilización conlleva un peligro paradójico. El problema evidente de como evitar que instrumentos criptográficos impidan investigación policiaca es controversial pero no relevante en este análisis. El uso de criptografía impenetrable o no es igual desde un punto de vista de pura privacidad, puesto que lo que importa es el símbolo creado, no la consistencia del contenedor. Correlativamente, conceder a la criptografía un papel de guardián universal de privacidad es un error, pues implica disminuir la cobertura del derecho a un la eficacidad de instrumento siempre en peligor de obsolescencia.Operador de sistema:
Hacia el reconocimiento de un ambiente digital de comunicaciones postalesCuando el usuario firma un contrato que incluye o establece servicio de correo electrónico, está aceptando una serie de disposiciones contractuales que en la mayor parte de los casos es ex tremadamente restrictiva de privacidad. En general, los usuarios no están al tanto de tales disposiciones hasta que un problema se presenta.
Caso especial es el de usuarios que se encuentran en un país diverso de aquel en el que el servicio tiene su centro de operaciones, que incluso pueden aceptar un contrato concebido en un lenguage que no conocen. A parte de esas consideraciones, los términos contractuales no están determinados dentro de una estructura legal normalizada, puesto que en ningún país del mundo existe tal regulación específica.Políticas de privacidad han sido creadas y adoptadas por proveedores de servicio en general. Esos esfuerzos sufren de inestabilidad y disparidad que pueden ser considerados como perniciosos por la falta de confianza que engendran. Incluso proveedores que cobran por el acceso y la apertura de una cuenta de correo electrónico no favorecen una política completamene estable. (AOL, Prodigy, etc.) La situación al respecto de proveedores de correo electrónico gratuito como Hotmail, Yahoo, Excite, etc, es todavía más ambigua, puesto que la privacidad de los usuarios es meramente superficial en la mayor parte de los casos. El proveedor se reserva siempre el derecho de cambiar los términos de privacidad concedida, y los disclaimers impuestos aparecen en consecuencia muy amplios.
Discrepancias en los procedimientos y políticas de privacidad impuestos por los proveedores de servicio tornan obvia la necesidad de una regulación oficial al respecto, con una sólida base de interés público como punto esencial.
La creación de un ambiente postal seguro pasa por la regulación de las personas jurídicas y naturales involucradas en la cuestión. Ello implica la generación de un estándar razonable que gobierne los derechos y obligaciones de los proveedores respecto de los mensajes que transitan por su red, no solo respecto de sus suscriptores sino tambien de todo otro usuario de Internet cuya correspondencia es manejada incluso temporalmente.Es imposible crear un sistema postal centralizado y áfanico en el ciberespacio.
Tal imposibilidad sin embargo no excluye lo que denominaremos un ambiente postal electrónico, un espacio seguro para las correspondencia electrónica en el que cada administrador de sistema y proveedor de servicio tenga claras sus responsabilidades y derechos, al igual que aquellas de los usuarios. Un ambiente que pueda permitir la aparición de un sentido de confianza similar al que goza la correspondencia material. Si un sistema postal intefrado y áfanico no puede ser creado, entonces las reglas bajo las cuales los actores en este campo se rigen deben ser idénticas.
Conclusión
En el espacio formado por los chips de HAL, la privacidad no es un recurso natural sino una decisión social. Independientemente del sistema de comunicación utilizado, el derecho de crear interacciones privadas no puede ser disminuido o denegado, puesto que constituye uno de los fundamentos de libertad en democracia. Tal derecho es absoluto en si mismo, y en consecuencia debe reconocerse y respetarse bajo cualquier condición tecnológica. Trasladar los principios que gobiernan la manifestación de expectaciones de privacidad al ciberespacio es posible y necesario en una estructura dual: El reconocimiento de sobres digitales, criptográficos o no, y la admisión de la existencia de sistemas postales electrónicos alternativos. Un nuevo paradigma legal debe complementar tal admisión, legitimando la inviolabilidad de sobres digitales más allá de su real impenetrabilidad, y regulando los derechos y responsabilidades de las personas naturales o jurídicas involucradas en su transmisión.
Comentarios
Diseñado por Diario LA HORA Quito - Ecuador Editor: José Luis Pérez Solórzano TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS
judicial@uio.satnet.net