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LEY
DE INQUILINATO
Desposeidos
de la fortuna
Por:
Dr. Bayardo Moreno Piedrahita
El término
INQUILINATO
Tiene su raíz en la voz
latina INQUILINUS, que según el Diccionario de la Real
Academia Española significa: Arriendo de una casa o parte
de ella. 2.- Derecho que adquiere el inquilino en la casa arrendada.
3.- Contribución o tributo de cuantía relacionada
con el de los alquileres 4.- Argentina, Colombia y Uruguay. Casa
de vecindad. 5.- Chile. Sistema de explotación de fincas
agrícolas por medio de inquilinos.
ARRIENDO
Es sinónimo de alquiler.
A su vez, ALQUILER es el precio que una persona paga a otra por
el uso de una cosa. En materia de inquilinato el precio que se
paga por el uso de la cosa, se denomina CANON ARRENDATICIO -
Cánon de arrendamiento, o Pensión locativa de arrendamiento.
Al dueño de la cosa se lo denomina ARRENDADOR y al que
paga ARRENDATARIO. La cosa toma el nombre de LOCAL, y CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO es el convenio verbal, escrito o mixto celebrado
entre el dueño y el que paga el alquiler de la cosa, en
el que se regulan todas las condiciones que se cumplirán
mientras dure la relación contractual, incluidos: Plazo,
precio, garantia y su terminación.
En nuestra Ley de Inquilinato en vigencia, a la cosa arrendada
se le determina como LOCAL, que equivale a Sitio,paraje cercado,
cerrado o cubierto, pero, con la clara relación de regular
las relaciones contractuales entre el arrendador y el inquilino,
el el caso de los LOCALES DESTINADOS A VIVIENDA axceptuandose
en forma camuflada a los locales destinados a hoteles, Casas
de Pensión, para exibiciones, espectáculos u otros
fines, que en definitiva significan LOCALES COMERCIALES.
Históricamente
La Ley de Inquilinato apareció
como una necesidad del Estado paraproteger a los económicamente
débiles y a los desposeídos de la fortuna. Como
sinónimo de equilibrio en el aprovechamiento de los bienes
materiales y afianzada en el princípio de solidaridad
entre los miembros de la comunidad. En consecuencia la Ley originalmente
se inspiró en la tutela obligada del Estado en favor de
los humildes, para liberarlos de quienes hicieron la pobreza
un instrumento de explotación.
Con el avance de los tiempos, el capitalismo y el neoliberalismo
actual, las ciudades se han convertido en centros obligados y
privilegiados de comercio. Consecuentemente la vivienda ha quedado
marginada.
NUESTRA LEY
La escualida estructura de la
obsoleta Ley de Inquilinato en vigencia, que con REMIENDOS data
de 1972, no ha podido desterrar el fantasma del abuso de los
ARRENDADORES por la falta de vigencia de las inmensas capas marginales.
Esta Ley, lamentablemente contiene declaraciones líricas
que no recogen los elementos económicos, jurídicos
y sociales necesarios, para que logren una solución eficaz
en este agudo problema socio-económico de la población.
Con los pronunciamientos revolucionarios de una época
anterior, se llego a hablar de una GRAN LEY DE REFORMA URBANA,
que nos permitiece a todos tener un techo que nos proteja, como
el techo natural cubre a la tierra. Aspiración está
que de utopía no paso.
Nuestra Ley de Inquilinato, contradictoriamente a su espíritu,
no protege a la vivienda, sino más bien al capital, a
los capitalistas y a quienes ejercen los actos de comercio de
bienes materiales y hasta con los que negocian con la tumba última
morada de los hombres.
Esta Ley se ha comvertido en un derecho social extraviado y que
se pierde con el tiempo, por el interés perverso de algunos
políticos inocentes.
La Ley de
Inquilinato debe transformarse
Como tema urgente de estudio
por parte del Estado. Hay necesidad urgente de que se produzca
un debate nacional para tener la seguridad de redactar una nueva
Ley. Esta sería una de las conquistas sociales que garantice
la vivienda a todos. A los locales comerciales que ellos ubique
severamente en el Código Civil u en el Código de
Comercio, para evitar CONFUSIONES O VIVEZAS, de unos contra otros.
Digamos adios a la aventura de aceptar leyes inconsultas, inaplicables
y de poco
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