MITOS Y FALACIAS
Delincuencia
Juvenil y Reincidencia
Por:
Lcdo. Osvaldo Agustín Marcón
EX- PRESIDENTE COLEGIO PROFESIONAL DE TRABAJADORES SOCIALES (1ER.
CIRC) DE LA PROVINCIA DE SANTA FE - ARGENTINA
CON
SUS LIMITACIONES el Censo
Nacional de Población y Vivienda es un ejemplo de
qué es un trabajo de investigación. En Argentina
se realiza cada diez años con un enfoque metodológico
que se aplica regularmente y con instrumentos altamente estables.
Esto permite valorar datos de un modo aprobado por la comunidad
científica.
El sistema de minoridad en Argentina
carece de recursos análogos que permitan disponer de información
científicamente defendible. Aún así periódicamente
proliferan porcentajes que pretenden ser elevados al rango de
'datos estadísticamente tratados' pero que en realidad
disimulan la carencia de un tratamiento riguroso. La ausencia
de un método relativiza al extremo el hallazgo de toda
información que pretenda expresar la realidad. Y también
se sabe que la información inconsistente sobre la realidad
condiciona la efectividad de las políticas que se pretendan
formular para transformarla.
Periódicamente, especialmente
a través algunos medios de comunicación, se disparan
datos que en el mejor de los casos y suponiendo que partan de
una metodología rigurosa, pueden reflejar realidades parciales.
Tales datos, mezclados con situaciones emocionales particulares
en la población, alimentan mitos que no pocas veces
son tomados con aviesas intenciones y transformados en falacias.
Ambos, mitos y falacias, suelen alimentar con premura
pedidos de mayor rigor para con los jóvenes que transgreden
la legislación penal.
En este contexto
se reproducen al menos dos conjuntos de ideas.
En uno de ellos campean presunciones
cuantitativistas del siguiente tipo : 'la mayoría de
los menores que delinquen entran por una puerta, salen por la
otra y repiten su conducta indefinidamente aún luego de
dada la intervención judicial'. En el otro conjunto
de ideas campean presunciones cualitativistas como la que sigue
: 'los menores que delinquen y son encerrados salen y vuelven
a delinquir por lo que es evidente que no se rehabilitan, son
irrecuperables'.
La ausencia de información
cuantitativa confiable pone en duda el primer conjunto de ideas.
Nada prueba que los miles de jóvenes que anualmente en
Argentina son judicializados por hechos penales multipliquen
tal conducta. Ni siquiera se prueba que la mayoría lo
haga. No existen datos científicamente tratados que así
lo indiquen como tampoco hay información que pruebe lo
contrario. Sin embargo, por ejemplo, toda vez que se plantea
la necesidad de contar con instrumentos jurídicos nacionales
adecuados a la nueva realidad se tiende a imponer un perfil más
represivo, pretensión que se extiende a todo el país
sin contar con el acercamiento diagnóstico al que se aludiera
más arriba.
En cuanto al
segundo conjunto de ideas
suele razonarse como si en última
instancia la rehabilitación dependiera de decisiones deliberadas
del joven sin advertir que buena parte de la labor necesaria
está vinculada, precisamente, a la reconfiguración
de su voluntad y motivaciones inconcientes. El joven que recupera
su libertad y repite hechos penalmente tipificados suele ser
visto como alguien que 'tuvo la oportunidad de cambiar pero
no la supo aprovechar'. Las responsabilidades, entonces,
son depositadas en él sin enjuiciar con igual firmeza
la realidad de las instituciones en cuyo marco se pretende que
cambie de conducta, como tampoco la ausencia de esfuerzos desde
el orden público por modificar el entorno social del que
surgió la conducta transgresora. Surge entonces el cargo
mencionado: ellos no se rehabilitan, sin dar lugar a pensar
que es el sistema en el actual estado de cosas el que no rehabilita.
Muy pocas veces se permite pensar de un modo que resultaría
altamente productivo viendo también al sistema como algo
que 'tuvo la oportunidad de cambiar al joven pero no la supo
aprovechar'. La rehabilitación se construiría
mucho más eficazmente si se evaluara la dialéctica
de responsabilidades que involucra a todas las partes sin excluir
a ninguna.
No obstante y si bien esta última
es una consideración sobre la calidad de las intervenciones,
merece un señalamiento cuantitativo pues es el que más
seduce al economicismo dominante: tampoco existe información
nacional científicamente tratada que exprese niveles de
reincidencia luego de periodos de institucionalización.
No se puede
negar que la reincidencia existe.
Pero reincide tanto quien
es encontrado responsable de un segundo hecho como quien es encontrado
responsable luego de varias decenas de hechos. Por ende el término
exige ser precisado cuando se usa fuera del ámbito judicial,
especialmente por los efectos simbólicos que él
tiene, y por su enorme capacidad de estigmatización. Aún
cuando el joven repita sus conductas con asiduidad, ante cada
hecho pueden aparecer oportunidades de rehabilitación
que son obturadas si se lo rotula como reincidente.
No obstante y aunque no se pueda
avanzar más allá de la mera hipótesis, puede
suponerse que es más preocupante la velocidad con que
la realidad genera nuevos jóvenes transgresores, antes
que la reincidencia de los que ya cometieron hechos penalmente
tipificados. No se trata de minimizar la repetición de
hechos en un mismo Sujeto sino de advertir hasta qué punto
el discurso dominante puede ser preciso y hasta qué punto
puede distorsionar la realidad. E inclusive hasta qué
punto dicho discurso contribuye a consolidar un grupo social
como chivo emisario.
La información disponible
desde experiencias personales (ciudadanas o profesionales) alcanza
para construir algunos supuestos más o menos operativos.
Pero para formular una política de Estado es necesario
mucho más que eso. Ratificar, rectificar o desechar cualquier
hipótesis sobre el tema exige, como se viene planteando
en este artículo, el montaje de un sistema consistente
de información cuanti-cualitativa. Más aún
si se aspira a que tal conjetura tenga consecuencia un nuevo
orden jurídico para los Sujetos Menores.
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