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Excesivo
número de procedimientos y de juzgadores
Dr.
Washington Baca Bartelotti (+)
SE
DECLARA QUE NO SE SACRIFICARÁ LA JUSTICIA por simples formalidades legales; en
la práctica ocurre se ha sacrificado la justicia por nimiedades
y la propia Corte Suprema antes de ser convertida en un Tribunal
de Casación, ley excepcionalmente ha adecuado sus fallos
a la declaración constitucional.
Dos sistemas
judiciales
El Estado ecuatoriano ha propiciado
el aparecimiento de dos sistemas judiciales: aquel que tiene
origen en sus normas constitucionales, que podría llamarse
ortodoxo, y el que se ha creado por leyes secundarias, confiriéndo
jurisdicción y competencia indistintamente a ministros,
funcionarios del ejecutivo, responsables de la administración
provincial y cantonal, instituciones creadas por la ley para
el ejercicio de la potestad estatal, prestación de servicios
o actividades económicas.
El propio Estado se ha encargado de crear y mantener sistemas
judiciales paralelos y distintos; tribunales y jueces de distinto
origen y pertenecientes a diferentes poderes; actualmente las
acciones que se ejercen ante el poder judicial ortodoxo son una
parte poco significativa de todas las que se tramitan en el país;
esto sin contar con una ¨justicia subterránea¨
como ocurre con los sumarios instruidos en los juzgados de instrucción
dependientes del Ministerio de Gobierno, que en no pocos casos
ni siquiera llegan a conocimiento del poder judicial.
No es motivo del presente análisis el sistema judicial
paralelo creado por leyes secundarias, aun cuando se le ha mencionado
para demostrar la existencia del reino de la irracionalidad que
ha contribuido a la destrucción y desprestigio de la administración
de justicia.
Excesivos
Juzgadores
Son jueces con jurisdicción
y competencia:
- Los Ministros de la Corte Suprema
incluyendo su presidente;
- Los Ministros de las Cortes Superiores y sus presidentes;
- Jueces civiles, penales, laborales, de Inquilinato, de coactivas,
de tránsito etc.;
- Los ministros y presidente del Tribunal Contencioso Administrativo;
- Los ministros y presidente del Tribunal Fiscal;
- Los vocales del Tribunal de Garantías Constitucionales;
- Los vocales del Tribunal Supremo Electoral y de los Provinciales
electorales;
- Los diputados en los juicios políticos;
- El presidente y vocales de la Corte Nacional de Menores y los
Tribunales Provinciales;
- Los ministros de : Finanzas, Educación, Agricultura,
Salud, y Gobierno;
- El presidente y vocales de la Junta de Reclamaciones;
- El Superintendente de Bancos;
- El Superintendente de Compañías;
- Los Ministros de la Corte de Justicia Militar;
- Los Ministros de la Corte de Justicia Policial;
- El Director Nacional de Hidrocarburos;
- El Director de Rentas;
- El Contralor General del Estado;
- El Director General, Subdirector y los Directores Nacionales
y Regionales del I.E.S.S., así como los vocales de la
Comisión de Prestaciones y Apelaciones del I.E.S.S.;
- El Presidente y vocales del Comité Obrero patronal del
I.E.S.S.;
- El Consejo Consultivo de Aguas y los jefes de las Agencias
del INHERI;
- El Director Nacional Forestal y los Jefes de los Distritos
Forestales;
- El Director Nacional, el Subdirector Nacional, los Directores
Regionales, los Jefes Provinciales y los Comisarios de Salud;
- El Director Nacional y los Jueces de Caminos;
- El Director Nacional del IERAC, los Jefes Regionales y los
Jefes Zonales;
- El Director General de Pesca;
- El Director Nacional de Aviación Civil;
- Los Prefectos Provinciales y los Consejeros;
- Los Alcaldes cantonales y los Concejales;
- Los Presidentes del Consejo y los Concejales;
- El presidente y vocales de los Tribunales de Conciliación
y Arbitraje y los Tribunales de primera instancia;
- Los inspectores de Trabajo y los subinspectores;
- Los jefes de los Servidores Públicos;
- El Director de Recursos Humanos, el jefe de Oficina, el jefe
Departamental. el jefe de Personal, la autoridad nominadora;
El Presidente y vocales del Tribunal de Honor de los Colegios
Profesionales;
- Los comandantes de aeronaves y bancos;
- El presidente y vocales de la Junta Nacional de Defensa del
Artesano;
- Intendentes y subintendentes, comisarios nacionales y comisarios
municipales.
Los profesionales que ejercen jurisdicción y competencia,
excepto en el caso de los
que pertenecen al poder judicial ortodoxo, son odontólogos,
ingenieros forestales,
oficiales militares o policiales, médicos, tecnólogos,
bachilleres, contadores, etc. Hay casos anecdóticos como
aquel que ¨consagra¨ la Ley forestal: conocen y fallan
las causas por infracciones forestales ingenieros agrónomos.
El Poder Ejecutivo
tiene funciones jurisdiccionales como tiene también el
Poder Legislativo
Así como en el Ecuador
legislan los que no son legisladores también administran
justicia los que no son jueces ni tienen la menor formación
para esa tarea. Alejado de todo control, de toda responsabilidad,
se ¨administra justicia¨ por juzgados que aunque aparezcan
legítimos, por estar sustentados en la ley constitutiva,
son inconstitucionales porque son tribunales de excepción
que someten a juzgamiento en algunas materias a cualquier ciudadano.
Son procedimientos, jueces y tribunales que funcionan en un submundo
de aparente legitimidad. Los procedimientos judiciales secretos
no operan solamente aislando a la víctima en el momento
de juzgar sino cuando agazapados en un intrincado sistema nebuloso
e intencionalmente semioculto, el procedimiento y sus jueces
son desconocidos aun para abogados y más para profanos.
A esto se añade que la Ley que crea estas competencias
haya conferido ¨estímulos¨ para la ¨administración
de justicia¨ con la promesa de recompensas consistentes en
el pago porcentajes de la multa o del valor de los instrumentos
con los que se dice haber cometido la infracción.
El ¨estímulo¨
Convierte al Juez en un concupiscente
legal. La famosa Ley y el Reglamento Forestal por el que se despoja
al supuesto infractor de sus bienes es un ejemplo. Así
la administración de justicia en este país se convierte
en caricatura. Esto ha corrompido la fe pública, la ética,
ha creado un sentimiento de inseguridad entre los ciudadanos.
La vida del delito se mueve en el submundo de la sociedad con
sus códigos propios, su jerga, su solidaridad. Estos juzgados
y tribunales de excepción se mueven en el submundo de
una falsa o aparente legalidad. Hay que borrar y barrer con toda
esta ignominia. No puede esperarse más tiempo a no ser
que nuestro pueblo, los abogados honestos, los propios jueces
insatisfechos, con esta oprobiosa realidad hayan perdido su dignidad.
A nuestros políticos no se les puede interesar temas tan
serios. Lo que sí preocupa es que en el Ecuador estemos
levantando demasiados cadalsos.
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