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   MES DE ABRIL DEL 2005

 

 

Miércoles, 27 de abril del 2005 - R. O. No. 5

SUPLEMENTO

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

LIC. JOSÉ LANDAZURI BRAVO
DIRECTOR ENCARGADO

ACUERDO DE CARTAGENA
DECISIONES:

587 Lineamientos de la Política de Seguridad Externa Común Andina.

588 Sustitución de la Decisión 460 sobre la protección y recuperación de bienes del patrimonio cultural de los Países Miembros de la Comunidad Andina.

589 Incorporación del Instrumento Andino de Cooperación entre los Fiscales Generales de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela al Sistema Andino de Integración.

590 Adscripción del Consejo Andino de Defensores del Pueblo al Sistema Andino de Integración.

591 Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres.

592 Creación del Consejo Andino de Ministros de Desarrollo Social.

593 Creación del Consejo Andino de Ministros de Educación y Responsables de Políticas Culturales.

594 Incorporación de la temática de integración en los programas y contenidos educativos escolares de los Países Miembros de la Comunidad Andina.

 
 
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ACUERDO DE CARTAGENA

DECISIÓN 587

Lineamientos de la Política de Seguridad Externa Común Andina

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE
RELACIONES EXTERIORES,

VISTOS: Los artículos 16 y 17 del Acuerdo de Cartagena, codificado mediante Decisión 563, la Decisión 458 - Lineamientos de la Política Exterior Común-, las Declaraciones del Consejo Presidencial Andino de Galápagos, Carabobo y Quirama, y el Compromiso de Lima -Carta Andina para la Paz y la Seguridad, Limitación y Control de los Gastos destinados a la Defensa Externa-; y,

CONSIDERANDO: Que los Jefes de Estado de los Países Miembros de la Comunidad Andina han reafirmado, en diversas oportunidades, su compromiso de afianzar la paz, la seguridad y la cooperación en la Subregión, como requisito indispensable para promover el desarrollo integral de los pueblos andinos;

Que con ese propósito, encomendaron al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores que, con el apoyo de la Secretaría General, elabore los lineamientos de Política de Seguridad Externa Común Andina, teniendo en cuenta el objetivo de establecer una zona de paz en la Comunidad Andina, en desarrollo de los parámetros del Compromiso de Lima;

Que en cumplimiento de esos mandatos, la Secretaría General realizó, entre otras, las actividades previstas en el Compromiso de Lima, con la participación de representantes gubernamentales, expertos y amplios sectores de la sociedad civil de los Países Miembros de la Comunidad Andina;

Que la Decisión 458 contempla como una de sus áreas de acción la adopción de medidas conjuntas para el fomento de una cultura de paz y para la solución pacífica de controversias, el fomento de la confianza, especialmente en las zonas fronterizas, la limitación de armamentos y el desarrollo de nuevas concepciones regionales de seguridad democrática;

Que el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores estableció que, desde una perspectiva andina, la seguridad es entendida como la situación en la que el Estado y la sociedad se encuentren protegidos frente a amenazas o riesgos susceptibles de afectar el desarrollo integral y el bienestar de sus ciudadanos, así como el libre ejercicio de sus derechos y libertades en un contexto de plena vigencia democrática. En ese sentido, la seguridad es un concepto de carácter multidimensional y comprehensivo que abarca asuntos de índole política, económica, social y cultural, y se ve reflejada en las políticas en ámbitos tan diversos como los del fortalecimiento de la institucionalidad democrática y el Estado de Derecho, la defensa, la salud, el ambiente, la economía, el desarrollo económico y la prevención de desastres naturales, entre otros;

Que la Declaración sobre Seguridad en las Américas, adoptada en octubre del 2003, en el marco de la
Organización de los Estados Americanos, reconoció e carácter multidimensional de la seguridad y señaló la contribución que los procesos de integración subregional y regional están llamados a desempeñar para la estabilidad y seguridad en el Hemisferio;

Que la formulación de los Lineamientos de una Política de Seguridad Externa Común Andina reafirma el compromiso de los Países Miembros de continuar avanzando en la profundización de la cooperación política para la consolidación de la identidad y de la cohesión de la Comunidad Andina, así como de fortalecer la participación de sus países en los mecanismos de la seguridad hemisférica y mundial; y,

Que la Secretaria General, teniendo en cuenta el acuerdo logrado en la II Reunión del Grupo de Alto Nivel en materia de Seguridad y Fomento de la Confianza, ha presentado la Propuesta 124/Rev. 2 sobre Lineamientos de la Política de Seguridad Externa Común Andina;

DECIDE:

Artículo 1.- Aprobar los siguientes Lineamientos de Política de Seguridad Externa Común:

I. Objetivos

1. Enfrentar de manera cooperativa y coordinada las amenazas a la seguridad en la Comunidad Andina.

2. Desarrollar y consolidar la Zona de Paz Andina, como un área libre de armas nucleares, químicas y biológicas, promoviendo mecanismos que aseguren la solución pacífica de controversias, fomenten la confianza recíproca y contribuyan a superar los factores susceptibles de generar controversias entre los Países Miembros.

3. Prevenir, combatir y erradicar las nuevas amenazas a la seguridad, y cuando corresponda sus interrelaciones, a través de la cooperación y coordinación de acciones orientadas a enfrentar los desafíos que representan dichas amenazas para la Comunidad Andina.

4. Coadyuvar a la promoción del desarrollo económico y el bienestar social de los habitantes de la Comunidad Andina, reforzando la seguridad de la Subregión.

5. Contribuir a la consolidación y profundización de la Zona de Paz y Cooperación Sudamericana, en el marco de la conformación de un Espacio Sudamericano de Integración.

6. Promover la participación comunitaria de los Países Miembros en las definiciones y procedimientos correspondientes a la seguridad colectiva, hemisférica y mundial.

II. Principios

La Política de Seguridad Externa Común Andina se basará en los siguientes principios:

1. La preservación del Estado de Derecho y la democracia como sistema de gobierno.

2. La promoción y protección de los derechos humanos.

3. La aplicación del derecho internacional humanitario.

4. La abstención del uso o la amenaza del uso de la fuerza en sus relaciones recíprocas.

5. La solución pacifica de las controversias.

6. El respeto a la integridad territorial y a la soberanía de cada uno de los Países Miembros.

7. La no intervención en asuntos internos.

8. El respeto al derecho internacional y a las obligaciones internacionales.

9. La observancia de los sistemas de seguridad colectiva de la Organización de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos.

10. La cooperación para el desarrollo y la seguridad.

11. El fortalecimiento del proceso de integración.

12. La prohibición del desarrollo, la fabricación, posesión, despliegue y utilización de todo tipo de armas de destrucción en masa, así como su tránsito por los Países Miembros.

III. Fundamentos

1. La paz y la seguridad como bienes públicos que el Estado garantiza a su ciudadanía, conforme a la legislación nacional.

2. La identidad andina y la comunidad de intereses.

3. La continuidad territorial del espacio comunitario.

4. La solidaridad y la cooperación entre los Países Miembros.

IV. Criterios

La Política de Seguridad Externa Común Andina contemplará los siguientes criterios:

1. Opción de paz: Su propósito es prevenir y combatir las amenazas a la seguridad, dentro de una concepción democrática y no ofensiva de la seguridad externa y promoviendo las condiciones necesarias para que la población pueda gozar libremente y en igualdad de oportunidades, de un ambiente propicio para su realización material y espiritual.

2. Multidimensional: Comprende las amenazas inherentes tanto al ámbito de la defensa, como a la institucionalidad democrática y de la seguridad ciudadana.

3. Integral: Los planes y programas a ser desarrollados en el marco de la Política de Seguridad Externa Común Andina, se complementan y refuerzan mutuamente con acciones destinadas a atender las necesidades del desarrollo económico y social sostenible, el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, la promoción y protección de los derechos humanos, y a lograr los mejores términos de inserción competitiva de los Países Miembros en la economía mundial.

4. Complementaria: Se trata de un instrumento comunitario dirigido a robustecer la aplicación de las políticas nacionales de seguridad y a propiciar, cuando corresponda, su convergencia y armonización.

5. Cooperativa: Busca desarrollar un sistema de relaciones que permita fortalecer la capacidad y efectividad de cada uno de los Países Miembros, alcanzar mayores niveles de confianza y prevenir la generación de tensiones o confrontaciones.

6. Flexible: Su aplicación se adapta a la dinámica del contexto andino, regional, hemisférico y mundial, así como los cambios en las percepciones y concepciones en la materia, preservando la coherencia de sus objetivos y acciones.

7. Gradual: Permite abordar de manera progresiva las prioridades de las agendas de seguridad comunitaria, regional, hemisférica y mundial, conforme a los intereses comunes.

8. Preventiva: Busca anticipar el desarrollo de amenazas a la seguridad, a través de mecanismos de alerta y respuesta temprana, así como de la solución pacífica de controversias.

9. Participativa: Reconoce que la seguridad es tarea de la sociedad en su conjunto, sin perjuicio de la responsabilidad fundamental que corresponde al Estado, por lo que debe brindar espacios para la activa participación de los diversos actores y agentes, públicos y privados, en el proceso de toma de decisiones destinado a su diseño, ejecución, seguimiento y verificación.

V. Mecanismos Institucionales

1. El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores es el órgano responsable de la definición y coordinación de la Política de Seguridad Externa Común Andina. Cuando lo considere conveniente se reunirá conjuntamente con los Ministros de Defensa y, según corresponda, con otras autoridades competentes de los Países Miembros, para profundizar el diálogo y la concertación sobre los diversos aspectos de dicha Política. El Consejo considerará por lo menos una vez al año los aspectos relativos a la ejecución de la política de seguridad externa común.

2. El Comité Ejecutivo de la Política de Seguridad Externa Común Andina, en el cual tendrán asiento
Altos Funcionarios de los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa y, según corresponda, de otros sectores competentes en materia de seguridad. Será responsable, en coordinación con la Secretaría General de la Comunidad Andina y otros Comités Andinos con atribuciones en temas vinculados con la problemática de la seguridad, de diseñar y presentar a consideración del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores las propuestas de marcos operativos y las normas comunitarias relacionadas con esta Política. Estará facultado para crear los subcomités técnicos especializados que estime pertinentes. Se reunirá por lo menos dos veces al año.

3. La Red Andina de Seguridad, constituida por organizaciones políticas, empresariales, académicas y de otros actores de la sociedad civil, junto con las organizaciones gubernamentales e intergubernamentales de la Subregión. Tendrá a su cargo impulsar diálogos nacionales intersectoriales y subregionales en los que organizaciones públicas y privadas acompañarán el diseño, la implementación y la evaluación de avances en el desarrollo de la Política de Seguridad Externa Común Andina.

4. La Secretaría General de la Comunidad Andina será responsable del seguimiento de la ejecución de la Política de Seguridad Externa Común Andina.

VI. Instrumentos Operativos
La Política de Seguridad Externa Común Andina tendrá los siguientes instrumentos:

1. La Política Exterior Común, destinada a promover las condiciones internacionales conducentes al cumplimiento de los objetivos que señale la Política de

Seguridad Externa Común Andina, el mantenimiento de la paz y la seguridad regional e internacional, así como la acción coordinada en las negociaciones regionales y mundiales en materia de desarme.

2. El Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos. Decisión 505 y los programas operativos que se adopten en ese marco.

3. El Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, así como su Agenda Coordinada de Acción y su Plan Operativo. Decisión 552.

4. La Cooperación Aduanera, en los aspectos vinculados con la seguridad y la defensa externa.

También se incorporará a los instrumentos operativos, los siguientes:

5. El Plan Andino de Lucha contra el Terrorismo.

6. Los marcos andinos para la cooperación legal, policial y judicial.

7. El Marco Andino para la Solución Pacífica de Controversias y para el desarrollo y aplicación de Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad.

8. Otros planes y programas que puedan establecerse en lo sucesivo, en particular con miras a combatir, entre otros, la corrupción, el contrabando y el tráfico de personas, así como para contar con una metodología estandarizada de medición de los gastos de defensa.

VII Modalidades de Acción

La agenda de la Política de Seguridad Externa Común Andina se desarrollará mediante las siguientes modalidades de acción:

1. Comunitarias: las acciones emprendidas por los Países Miembros a través de o por intermedio de los órganos comunitarios del proceso de integración;

2. Subregionales: las acciones emprendidas de manera común por dos o más Países Miembros como resultado de la coordinación subregional;

3. Bilaterales: las acciones emprendidas exclusivamente por dos Países Miembros con miras a cumplir las metas y objetivos nacionales en consistencia con la Política de Seguridad Externa Común Andina;

4. Nacionales: las acciones que realice un País Miembro en su respectivo territorio en el marco de la coordinación andina, con miras a cumplir las metas y objetivos de los programas comprendidos en la Política de Seguridad Externa Común Andina.

5. Externas: la acción coordinada o conjunta en los organismos o conferencias internacionales, regionales, hemisféricos y mundiales en materia de seguridad y desarme.

VIII. Agenda

La agenda de la Política de Seguridad Externa Común Andina comprenderá la cooperación en los siguientes temas:

1. La solución pacífica de controversias.

2. La promoción de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad.
3. La promoción de una Cultura de Paz.

4. El gasto de defensa.

5. La lucha contra el terrorismo.

6. La lucha contra el crimen organizado, contribuyendo a combatir su actividad y manifestaciones en perjuicio de la seguridad ciudadana y del Estado.

7. La lucha contra el problema mundial de las drogas y los delitos relacionados.

8. El lavado de activos.

9. La lucha contra la corrupción.

10. La prevención, combate y erradicación del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos.

11. El tráfico de personas.

12. La prevención de amenazas a la estabilidad e institucionalidad democrática.

13. La seguridad colectiva, hemisférica y mundial.

14. Las negociaciones de desarme a nivel regional y mundial.

15. Otros asuntos que puedan ser decididos por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores.

Artículo 2.- En los ámbitos comunitario, sudamericano, hemisférico y mundial, la Política de Seguridad Externa Común Andina la ejecuta el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, utilizando los diversos mecanismos de la Política Exterior Común.

En el ámbito nacional, la Política de Seguridad Externa Común Andina se ejecutará a través de las autoridades competentes, de conformidad con la legislación nacional.

Disposiciones Transitorias

Artículo 3.- Encomendar al Comité Ejecutivo de la Política de Seguridad Externa Común Andina que, en coordinación con la Secretaría General elabore:

a) Un Programa Andino de Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad, tomando en cuenta los avances registrados por los Países Miembros en sus relaciones de vecindad, así como en el Compromiso de Lima, las Declaraciones de Santiago (1995), de San Salvador (1998) y el Consenso de Miami (febrero del 2003). Dicho programa deberá tener como objetivo a mediano plazo la planificación conjunta de la paz y la seguridad en la subregión e incorporará modalidades que permitan la participación de los países andinos en operaciones de mantenimiento de la paz, bajo el mandato de la Organización de las Naciones Unidas. Para ello contemplará acciones en los ámbitos bilateral, subregional, regional, hemisférico y mundial; y,

b) Una propuesta de conformación de la Red Andina de Seguridad, como mecanismo institucional de apoyo y asesoramiento en asuntos relacionados a la seguridad y fomento de la confianza, que incluya, entre otros, el diagnóstico de situaciones potencialmente conflictivas, de alerta temprana, de prevención de conflictos y de gestión de crisis, así como de sistemas de información sobre dichas situaciones o sobre conflictos manifiestos. Para ello promoverán la realización de diálogos nacionales y subregionales, con la participación de representantes de las entidades gubernamentales correspondientes, de los partidos políticos, instituciones académicas y de la sociedad civil.

Artículo 4.- Encomendar a la Secretaría General para que, en coordinación con las autoridades nacionales competentes, organismos internacionales especializados y otras fuentes de cooperación, elabore una propuesta de programa andino de cooperación para combatir el lavado de activos.

Dada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, a los diez días del mes de julio del año dos mil cuatro.

ACUERDO DE CARTAGENA

DECISIÓN 588

Sustitución de la Decisión 460 sobre la protección y recuperación de bienes del patrimonio cultural de los Países Miembros de la Comunidad Andina

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE
RELACIONES EXTERIORES,

VISTOS: El literal b) del artículo 3 y el artículo 16 del Acuerdo de Cartagena; la Decisión 458 que aprueba los Lineamientos de la Política Exterior Común; los artículos 6 y 12 del Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; los artículos 2, 3, 5 y 39 del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica y Cultural de los países de la Región Andina; y la Decisión 460; y,

CONSIDERANDO: Que el diseño e instrumentación de políticas culturales por parte de los Estados es un factor indispensable para su desarrollo armónico, y que el patrimonio cultural de las naciones constituye un pilar fundamental en tales políticas;

Que la defensa y preservación del patrimonio cultural sólo puede obtenerse mediante la valoración y respeto por las raíces históricas de los pueblos, base de sus identidades;

Que los efectos nocivos que para los fines enunciados trae consigo la salida o extracción, ingreso, tránsito internacional o transferencia ilícitos de bienes culturales, inciden negativamente sobre el legado histórico de nuestras naciones;

Que el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en mayo de 1999 aprobó la Decisión 460 "Sobre la Protección y Recuperación de Bienes Culturales del Patrimonio Arqueológico, Histórico, Etnológico, Paleontológico y Artístico de la Comunidad Andina", la cual amerita ser actualizada ante la adopción de los Lineamientos de la Política Exterior Común, de las medidas de cooperación política asumidas por los Países Miembros, y de conformidad con las recomendaciones generales tanto del Taller franco-andino sobre Lucha contra el Robo y Tráfico Ilícito de Bienes Culturales que se llevó a cabo en Lima, Perú, los días 14, 15 y 16 de mayo del 2003, así como de la II Reunión de los Comités Técnicos Nacionales para el Control del Trafico Ilícito de Bienes Culturales en los Países Andinos, convocada por la UNESCO y realizada en Quito-Ecuador los días 1, 2 y 3 de marzo del 2004;

Que el Consejo Presidencial Andino, en su XIV Reunión realizada en el Recinto de Quirama, Antioquia, República de Colombia, instruyó a las autoridades nacionales competentes que consoliden los esfuerzos que se realizan en la Subregión en contra del trafico ilícito de bienes culturales y promuevan la aplicación de nuevos mecanismos concretos, como la lista roja de bienes culturales en peligro en América Latina, contribuyendo de esta forma a la protección del patrimonio cultural material e inmaterial de los Países Miembros de la Comunidad Andina;

Que la Secretaría General ha presentado la propuesta 126/Rev. 1, la cual es resultado de una recomendación de los responsables nacionales de la política cultural de los Países Miembros;

DECIDE:

CAPITULO I

DE LAS DEFINICIONES
Artículo 1.- A los fines de la presente Decisión, las expresiones que se indican a continuación tendrán la acepción que para cada una de ellas se señala:

Conservación: Disciplina que está involucrada con la protección y la preservación del buen estado de subsistencia e integridad del patrimonio cultural mueble e inmueble, el cual, por motivos de su significado histórico, artístico o sus cualidades científicas, posee un valor reconocido y de especial interés para la sociedad.

Patrimonio arqueológico: Conjunto de manifestaciones culturales constituidas por espacios, estructuras u objetos y en general restos de cultura material, producidos o generados por sociedades de humanos del pasado, los cuales aportan información de valor histórico. Este tipo de manifestaciones culturales abarca la siguiente tipología: manifestaciones de arqueología industrial, sitios funerarios, áreas asociadas, antiguas unidades de producción, construcción en piedra o tierra, manifestaciones de arte rupestre, ruinas, sitios de batalla, sitios subacuáticos, entre otros.

Patrimonio cultural: Se entiende por patrimonio cultural la apropiación y gestión de las manifestaciones materiales e inmateriales heredadas del pasado, incluyendo los valores espirituales, estéticos, tecnológicos, simbólicos y toda forma de creatividad, que los diferentes grupos humanos y comunidades han aportado a la historia de la humanidad.

Patrimonio cultural mueble: Comprende los objetos arqueológicos, históricos, artísticos, etnográficos, tecnológicos, religiosos y aquellos de origen artesanal o folklórico que constituyen bienes o colecciones importantes para las ciencias, la historia del arte y la conservación de la diversidad cultural del país.

Patrimonio cultural intangible: Comprende las manifestaciones y los valores culturales y los significados sociales contenidos en la música y las artes del espectáculo; el lenguaje y la literatura; las tradiciones orales, la toponimia, los festivales folklóricos y de toda naturaleza, los ritos y las creencias; el arte culinario y la medicina tradicional, entre otros conocimientos y tecnologías tradicionales, que la comunidad haya reconocido como recurrentes y válidas para identificación y expresión cultural.

Patrimonio documental: Está constituido por la documentación existente en los archivos de todas las reparticiones y organismos de los Estados, en los archivos históricos, notariales, eclesiásticos, así como en los archivos particulares en general, aun en aquellos de origen privado que sirvan de fuente de información para estudios históricos de desarrollo cultural, social, económico, jurídico o religioso.

Patrimonio industrial: Es todo aquel sistema de producción por medios mecánicos y en serie activados por energía, cuyo origen no sea humano, vestigios tangibles e intangibles surgidos en tomo a la industria, siendo éstos de diversos orígenes ya sea de determinada fuerza motriz (hidráulica, cólica, vapor, entre otras) o definida por tipo de producción (textiles, minería, entre otras).

Patrimonio paleontológico: Restos o huellas de especies animales o vegetales extintos, fosilizados o en proceso de mineralización o bien conservados en sustancias tales como: ámbar, petróleo o turbera. Incluyen restos de las especies, sus improntas, coprolitos (excremento petrificado), polen antiguo y las colecciones de testigo, es decir cilindro con muestras estratigráficas obtenidas mediante barrenos.

País(es) Miembro(s): Cada uno de los Países Miembros de la Comunidad Andina.

CAPITULO II

DEL OBJETIVO

Artículo 2.- La presente Decisión tiene como fin el promover políticas, mecanismos y disposiciones legales comunes para la identificación, registro, protección, conservación, vigilancia, restitución y repatriación de los bienes que integran el patrimonio cultural de los Países Miembros, así como para diseñar y ejecutar acciones conjuntas que impidan la salida, extracción, ingreso, tránsito internacional o transferencia ilícitos de los mismos entre los Países Miembros y terceros países.

CAPITULO III
DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 3.- Para efectos de la presente Decisión, por bienes culturales patrimoniales se entiende aquellos bienes que, por razones religiosas o profanas, revisten importancia para la arqueología, la historia, la literatura, el arte y la ciencia y que pertenecen a alguna de las categorías enumeradas a continuación:

a) Colecciones y ejemplares de zoología, botánica y anatomía, así como de mineralogía y objetos paleontológicos;

b) Los bienes relacionados con la historia de cada País Miembro que contengan una protección especial, con inclusión de la historia de las ciencias y de las técnicas, la historia militar y la historia social, así como con la vida de los dirigentes, pensadores, sabios y artistas nacionales y con los acontecimientos de importancia nacional;

c) El producto de las excavaciones y exploraciones arqueológicas terrestres y subacuáticas, tanto autorizadas como clandestinas, y de los descubrimientos arqueológicos;

d) Los elementos procedentes de la desmembración de monumentos artísticos o históricos y de lugares de interés arqueológico;

e) Antigüedades tales como inscripciones, monedas, grabados, artefactos, herramientas, instrumentos musicales antiguos;

f) Material etnológico constituido por objetos rituales, artefactos utilitarios simbólicos e instrumentos musicales autóctonos;

g) Los bienes de interés artístico tales como:

- Cuadros, pinturas y dibujos hechos sobre cualquier soporte y en cualquier material;

- Producciones originales de arte estatuario;

- Grabados, estampas y litografías originales;

- Conjuntos y montajes artísticos originales en cualquier material;

h) Manuscritos raros e incunables, libros, documentos y publicaciones antiguos de interés especial histórico, artístico, científico y literario, sueltos o en colecciones;

i) Sellos de correo, sellos fiscales y análogos, sueltos o en colecciones;

j) Archivos históricos, incluidas las fotografías, fonografías y cinematografías;

k) Objetos y ornamentos de uso litúrgico, tales como: cálices, patenas, custodias, copones, candelabros, estandartes, incensarios, vestuarios y otros;

l) Objetos, documentos y cualquier soporte relacionados con el patrimonio inmaterial: poesía, ritos, folklore, modos de vida, medicina tradicional, religiosidad popular y tecnologías tradicionales, lenguas, modismos regionales y locales, música, danzas religiosas y bailes festivos, mitos y leyendas y otros que tengan interés para la identidad cultural de cada país;

m) Bienes producto del ingenio individual o colectivo de nacionales de los Países Miembros y que hayan sido creados en su territorio por nacionales de otros países o por apatridas que residen en él; y

n) Todo objeto declarado de interés cultural de cada nación.

Artículo 4.- Los bienes culturales referidos en el artículo precedente independientemente de su titularidad pública o privada, serán objeto de la mayor protección a nivel comunitario, y se considerarán ilícitas su salida, extracción, ingreso o tránsito internacional, salvo que el País Miembro al que pertenecen autorice su salida transitoria para los fines de promocionar y difundir el patrimonio cultural de cada País Miembro; o para efectos de restauración o tratamiento especializado de los bienes culturales que lo conforman, así como para fines de investigaciones científicas.

Ningún bien perteneciente al Patrimonio Cultural del País Miembro, que haya salido temporalmente con los fines especificados anteriormente, podrá permanecer fuera de él por un lapso mayor que el autorizado, salvo en casos de fuerza mayor, debidamente justificados o por prórroga del plazo.

Considerando la naturaleza especial de los bienes culturales que forman parte del patrimonio cultural de los Países Miembros, la carga de la prueba, sobre la propiedad de los mismos, corresponderá a quien los extraiga del país de origen y los trafique inobservando las disposiciones legales sobre la materia.

CAPITULO IV

DE LAS DISPOSICIONES COMUNES
A TODOS LOS PAÍSES MIEMBROS

Artículo 5.- Los Países Miembros se obligan a establecer en su territorio los servicios adecuados de protección del patrimonio cultural, dotados de personal competente para garantizar eficazmente las siguientes funciones:

a) Elaborar normas legales, leyes y reglamentos que aseguren la protección del patrimonio cultural y especialmente el control y sanción del tráfico ilícito de bienes culturales;

b) Establecer y mantener actualizada una lista de los principales bienes culturales, públicos y privados, cuya comercialización dentro y fuera del país de origen constituiría un empobrecimiento considerable del patrimonio cultural de los Países Miembros;

c) Establecer y ejecutar programas educativos para estimular y desarrollar el respeto al patrimonio cultural de todos los países;

d) Establecer y mantener actualizado un registro de anticuarios con los sistemas de control y verificación necesarios, para evitar el empobrecimiento del patrimonio cultural de los Países Miembros;

e) Fortalecer los sistemas de control, en cuanto a importación y exportación de bienes culturales, para evitar el ingreso y salida ilegal del patrimonio de lo países miembros; y,

f) Difundir eficazmente entre los Países Miembros de la Comunidad Andina todo caso de desaparición o robo de un bien cultural.

Artículo 6.- Los Países Miembros se comprometen a:

a) Intercambiar información destinada a identificar a quiénes, en el territorio de cada País Miembro, hayan participado en el saqueo, robo, extracción, ingreso o transferencia ilícita de bienes culturales, conforme a la relación señalada en el artículo 2; así como en conductas delictivas conexas;

b) Intercambiar información técnica y legal relativa a los bienes culturales que son materia de saqueo, robo o tráfico ilícito, así como capacitar y difundir dicha información a sus respectivas autoridades aduaneras y policiales, de puertos, aeropuertos y fronteras, para facilitar su identificación y la aplicación de medidas cautelares y coercitivas que correspondan en cada caso;

c) Proteger las piezas incautadas, adoptando .las medidas necesarias para su adecuada conservación, en tanto se realice la repatriación al País Miembro de origen que lo solicite; y

d) Armonizar los principios fundamentales de las leyes nacionales de Protección del Patrimonio Cultural.

Artículo 7.- Los Países Miembros se comprometen a imponer sanciones a:
a) Las personas naturales o jurídicas responsables del saqueo, salida o extracción ilícita, ingreso o tránsito internacional ilícito, o comercialización ilícita, en el territorio de cualquier País Miembro, así como de la transferencia ilegal de bienes culturales;

b) Las personas naturales o jurídicas que adquieran o comercialicen a sabiendas bienes culturales saqueados, robados, extraídos o ingresados ilícitamente al territorio de cualquier País Miembro; y,

c) Las personas naturales o jurídicas que participen en conspiraciones internacionales para obtener, extraer o ingresar a cualquier País Miembro, así como transferir bienes culturales por medios ilícitos.

CAPITULO V

DEL PROCEDIMIENTO DE RECUPERACIÓN Y
DEVOLUCIÓN DE BIENES CULTURALES

Artículo 8.- A solicitud expresa de uno de los Países Miembros, los demás Países Miembros emplearán los medios legales a su alcance para recuperar y devolver, desde sus territorios, los bienes culturales y documentales que hubiesen sido saqueados, robados o extraídos ilícitamente del territorio del País Miembro requirente, o cuando se haya vencido el plazo de permanencia fuera del país otorgado por el País Miembro correspondiente.

Las solicitudes de recuperación y devolución de bienes culturales de uno de los Países Miembros, previa acreditación de origen, autenticidad y de denuncia por las autoridades competentes, deberán ser formalizados por la vía diplomática, de lo cual se informará para objeto de registro a la Secretaría General de la Comunidad Andina.

Artículo 9.- En caso de existir controversias o dudas sobre la procedencia de los bienes recuperados, corresponde al Comité Andino de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales, emitir opinión técnica no vinculante sobre la procedencia y propiedad de las piezas en discusión.

Artículo 10.- Se otorgará exoneración total de gravámenes aduaneros y de otros recargos aduaneros equivalentes, sean de carácter fiscal, monetario, cambiarlo o de otra naturaleza, durante el proceso de recuperación y devolución de los bienes culturales y documentales hacia el País Miembro de origen, en aplicación de lo dispuesto en la presente Decisión.

CAPITULO VI

DE LA POSICIÓN EXTERNA CONJUNTA

Artículo 11.- Las misiones diplomáticas de los Países Miembros ante terceros países desarrollarán acciones conjuntas que faciliten la reclamación y repatriación en beneficio de los bienes culturales patrimoniales de cualquiera de los Países Miembros de la Comunidad Andina.

CAPITULO VII

DEL COMITÉ ANDINO DE LUCHA CONTRA EL
TRAFICO ILÍCITO DE BIENES CULTURALES

Artículo 12.- Se crea el Comité Andino de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales, que tendrá las siguientes funciones:

a) Coadyuvar a la aplicación de la presente Decisión;

b) Emitir opinión técnica no vinculante sobre los temas referidos a la Protección y Recuperación de Bienes del Patrimonio Cultural de los Países Miembros de la Comunidad Andina ante el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, la Comisión o la Secretaría General de la Comunidad Andina;

c) Identificar, analizar, formular y recomendar la adopción de proyectos y acciones sistemáticas de ejecución conjunta, de asistencia técnica y de intercambio informativo para el proceso de integración en materia de Protección y Recuperación de Bienes del Patrimonio Cultural de los Países Miembros de la Comunidad Andina;

d) Fortalecer la cooperación interinstitucional y promover la armonización de las legislaciones nacionales relativas a la Protección y Recuperación de los Bienes del Patrimonio Cultural de los Países Miembros de la Comunidad Andina;

e) Sugerir medidas para el perfeccionamiento de la legislación pertinente interna de cada País Miembro y su armonización a nivel comunitario;

f) Emitir opinión técnica no vinculante respecto al origen, propiedad y procedencia de los bienes culturales recuperados;

g) Proponer las medidas y acciones para la modernización y automatización de los sistemas de Protección y Recuperación de Bienes del Patrimonio Cultural de los Países Miembros de la Comunidad Andina; y

h) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y atender las solicitudes que le presente la Secretaría General de la Comunidad Andina.

El comité se reunirá ordinariamente al menos una vez al año, o extraordinariamente cuando lo solicite su Presidencia, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, la Secretaría General de la Comunidad Andina, o, por lo menos, dos Países Miembros.

El comité actuará de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria aplicable, especialmente lo previsto en el Reglamento de la Comisión de la Comunidad Andina.

Artículo 13.- El Comité Andino de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales estará conformado por un representante titular y un representante alterno. Cada País Miembro designará sus representantes y los acreditará ante la Secretaría General de la Comunidad Andina, por medio del respectivo Ministerio de Relaciones Exteriores. Asimismo, las delegaciones podrán estar conformadas por el número de asesores que los Países Miembros dispongan.

Para cada una de las reuniones del Comité, el Ministerio de Relaciones Exteriores de cada País Miembro acreditará un Jefe de Delegación quien asumirá la respectiva vocería.

Los comités técnicos nacionales de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales, establecidos en cada País Miembro, actuarán como organismos consultivos de los Países Miembros.

Artículo 14.- La Secretaría General de la Comunidad Andina desempeñará las funciones de Secretaría Técnica del Comité Andino de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales.

Artículo 15.- La presente decisión entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

DISPOSICIÓN FINAL

Artículo 16.- Se deroga la Decisión 460 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, mediante la cual se aprobó el régimen de "Protección y Recuperación de Bienes Culturales del Patrimonio Arqueológico, Histórico, Etnológico, Paleontológico y Artístico de la Comunidad Andina".

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.- A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Decisión, los Países Miembros se comprometen a simplificar sus respectivos procedimientos de restitución de bienes culturales patrimoniales. Los Países Miembros comunicarán a la Secretaría General de la Comunidad Andina, a más tardar dentro de los 90 días calendario a partir de la entrada en vigencia de la presente Decisión, las acciones adoptadas sobre el particular.

SEGUNDA.- El Comité Andino de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales, a más tardar el 31 de mayo del 2005, homologará, sobre la base de los modelos contemplados en los anexos I y II de la presente Decisión, los documentos relativos a la Declaración Juramentada de No Transportar Bienes Culturales Patrimoniales fuera de algún País Miembro de la Comunidad Andina; y a la Certificación de Bienes No Pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Comunidad Andina.

TERCERA.- El Comité Andino de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales, a más tardar el 31 de mayo del 2005, elevará al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores una Recomendación relativa a la factibilidad de crear un Fondo Común para la recuperación y repatriación de bienes culturales patrimoniales de la Comunidad Andina a su País Miembro de origen.

Dada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, a los diez días del mes de julio del año dos mil cuatro.

ANEXO I

Formato de Declaración Juramentada de no transportar Bienes Culturales
Patrimoniales fuera del país como desde otro País Miembro

Yo de nacionalidad , mayor de edad, domiciliado o de tránsito por territorio , titular de (cédula de identidad o pasaporte No ), por el
presente documento declaro: Bajo fe de juramento que no transporto (fuera del país o desde otro país) bienes del patrimonio cultural protegidos por la legislación del país de origen.

En la ciudad de , a los días de de

ANEXO II

Formato de certificación de bienes no pertenecientes al patrimonio cultural

República __________________________

Ministerio __ _____________________

Instituto o Dirección (de acuerdo al caso)

Quien suscribe, (identificar con datos personales y del cargo) certificó que los bienes culturales (identificar) no pertenecen al patrimonio cultural de la República de____________, de conformidad con lo establecido en la Ley (de protección de patrimonio cultural o la que corresponda). Por tanto, dichos bienes no cuentan con limitación alguna de acuerdo a la Ley para su traslado fuera del país o su comercialización.

Nombre y apellido del solicitante

Cédula de Identidad / Pasaporte

Nacionalidad

Dirección de Residencia

Cantidad y Destino de los objetos

Descripción / Observaciones

Fotografías

En la ciudad de _____________, a los ___ de ______________, de _____.

(Firma con indicación del cargo y el fundamento legal de la competencia para expedir la certificación y sello de la institución)

ACUERDO DE CARTAGENA

DECISIÓN 589

Incorporación del Instrumento Andino de Cooperación entre los Fiscales Generales de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela al Sistema Andino de Integración

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE
SALACIONES EXTERIORES,

VISTOS: Los artículos 1 y 3 del Acuerdo de Cartagena, codificado mediante Decisión 563, el artículo 6, literales f), ') y o) del Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, codificado mediante Decisión 407; y,

CONSIDERANDO: Que, resulta necesario vincular a los fiscales generales de los Países Miembros al Sistema Andino de Integración:

Que la Secretaría General ha presentado la propuesta 128/Rev. 1 sobre Adscripción del Instrumento Andino de Cooperación entre los Fiscales Generales de Bolivia, Colombia. Ecuador, Perú y Venezuela al Sistema Andino de Integración:

Decide:

Artículo 1.- Aprobar la incorporación del Instrumento Andino de Cooperación entre los Fiscales Generales de Bolivia. Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, como institución consultiva del Sistema Andino de Integración (SAI).

Artículo 2.- Encomendar a la Secretaría General de la Comunidad Andina para que, en consulta con los Países Miembros, prepare la propuesta con los términos de incorporación al SAI de dicho instrumento, tomando en cuenta la necesidad de precisar la naturaleza, alcance y nexos que dentro de la institucionalidad andina deba tener tal incorporación, y la someta a la consideración del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores para su aprobación.

Dada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, a los diez días del mes de julio del año dos mil cuatro.

ACUERDO DE CARTAGENA

DECISIÓN 590

Adscripción del Consejo Andino de Defensores del Pueblo al Sistema Andino de Integración

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE
RELACIONES EXTERIORES,

VISTOS: Los artículos 1 y 3 del Acuerdo de Cartagena, codificado mediante Decisión 563, y el artículo 6, literales f), i) y o) del Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, codificado mediante Decisión 407;y,

CONSIDERANDO: Que, resulta necesario vincular a los Defensores del Pueblo de los Países Miembros al Sistema Andino de Integración;

Que la Secretaría General ha presentado la Propuesta 129 sobre Adscripción del Consejo Andino de Defensores del Pueblo al Sistema Andino de Integración;

Decide:

Artículo 1.- Aprobar la adscripción del Consejo Andino de- Defensores del Pueblo al Sistema Andino de 'Integración (SAI).

Artículo 2.- Encomendar a la Secretaría General de la Comunidad Andina para que, en consulta con los Países Miembros, prepare la propuesta con los términos de adscripción al SAI del Consejo Andino de Defensores del Pueblo, tomando en cuenta la necesidad de precisar la naturaleza, alcance y nexos que dentro de la institucionalidad andina deba tener tal adscripción, y la someta a la consideración del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores para su aprobación.

Dada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, a los diez días del mes de julio del año dos mil cuatro.

ACUERDO DE CARTAGENA

DECISIÓN 591

Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE
RELACIONES EXTERIORES,

VISTOS: Los artículos 3, segundo literal d), 16, 17 y 128 del Acuerdo de Cartagena, codificado mediante Decisión 563, el artículo 6, literales í), i) y o) del Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, codificado mediante Decisión 407; y,

CONSIDERANDO: Que el Acuerdo de Cartagena establece que para promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países Miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y social, así como para procurar un mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la Subregión, se emplearán, entre otras, acciones para la conservación y aprovechamiento de los recursos naturales y del medio ambiente;

Que la Subregión Andina, como espacio territorial con condiciones físico geográficas similares, presenta características de alto riesgo frente a fenómenos como inundaciones, sequías, deslizamientos, terremotos, tsunamis, actividades volcánicas, incendios, epidemias, tormentas tropicales y eventos tecnológicos y antrópicos adversos;

Que en la subregión estos desastres tienen graves efectos sobre la población y causan deterioro de las condiciones de salud, tienen impacto directo en la infraestructura física de los sectores educación, vivienda, asentamientos humanos, vialidad, producción agropecuaria y servicios públicos, aspectos que demandan un lugar privilegiado en la agenda comunitaria;

Que la prevención y atención de desastres constituye un factor importante para mejorar la competitividad en la medida en que permite ofrecer mayor seguridad a las inversiones y al funcionamiento de la infraestructura básica para la producción y comercialización de bienes y servicios, frente a eventuales desastres que pueden prevenirse;

Que los desastres son un creciente problema mundial que ha motivado la movilización de la comunidad internacional en la adopción de políticas para promover su prevención y atención como un desafío global. En ese contexto, en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 2000, se adoptó la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres;

Que los mismos se han visto acentuados por factores internos, como el deterioro ambiental, que pueden verse agravados por la modificación global del clima; factores que han sido abordados como un reto mundial, tanto por la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, como por la Cumbre Mundial del Medio Ambiente de Johannesburgo;

Que para sistematizar la cooperación y la acción conjunta de los Países Miembros de la Comunidad Andina en procura de prevenir y atender los efectos generados por desastres de origen natural y antrópicos, se creó el Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres (CAPRADE), mediante la Decisión 529;
Que el CAPRADE recomendó al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores adoptar una Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres;

Que la presente estrategia es el resultado del trabajo intenso en la subregión donde han participado 280 entidades y más de 450 técnicos nacionales en reuniones de trabajo y discusión especializada, en un proceso que ha sido conducido en cada País Miembro por las entidades encargadas de la prevención de desastres, planeación, defensas civiles y los Ministerios de Relaciones Exteriores;

Que el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ha sido significativo en el proceso de consulta y elaboración de la estrategia en cada uno de los Países Miembros a través de la Estrategia Regional de Reducción de Desastres. De la misma manera otros organismos internacionales han acompañado dicho proceso, presentando sus desarrollos sobre el tema en las reuniones del CAPRADE;

Que asimismo para el logro de la estrategia ha sido de gran importancia la participación de la Corporación Andina de Fomento a través del Programa Andino para la Prevención y Mitigación de Riesgos, PREANDINO;

Que se reconoce en la cooperación subregional un gran potencial de superación de los riesgos, por lo cual se debe modernizar y fortalecer las instituciones y políticas nacionales de prevención y atención de desastres;

Que los Países Miembros ven en la adopción de políticas externas comunes un mecanismo decisivo de influencia en los organismos y foros de decisión internacional para lograr incorporar en sus agendas los intereses de la Subregión en la temática de la prevención: y,

Que la Secretaría General presentó la Propuesta 132/Rev. 1. a consideración del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores,

Decide:

Artículo 1.- Aprobar la Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres contenida en el documento anexo a la presente Decisión.

Artículo 2.- El Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres, CAPRADE, trabajará en la ejecución de la Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres, en todas aquellas áreas que han sido definidas en el documento anexo y que requieran de desarrollo conceptual, metodológico o técnico, así como la incorporación de otros aspectos que se consideren primordiales para alcanzar los objetivos propuestos.

Artículo 3.- Encomendar al CAPRADE la elaboración del Plan de Acción y de la Cartera de Proyectos derivados de los programas y subprogramas identificados, que aseguren la ejecución de la Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres.

Artículo 4.- Instruir al CAPRADE que informe anualmente al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, a través de la Secretaría General de la Comunidad Andina, sobre los avances en la ejecución de la Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres y el desarrollo del Plan de Acción y de los programas y subprogramas. El primer informe anual se rendirá en la reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores previa a la XVI Reunión Ordinaria del Consejo Presidencial Andino.

Dada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, a los diez días del mes de julio del año dos mil cuatro.

ANEXO

ESTRATEGIA ANDINA PARA LA PREVENCIÓN
Y ATENCIÓN DE DESASTRES

CONTENIDO
Introducción

1. La Problemática Subregional de Riesgos y Desastres

El contexto latinoamericano de ocurrencia de desastres

Rasgos subregionales comunes en la problemática de riesgos

Los procesos de ocupación y desarrollo y el inadecuado manejo de recursos: factores determinantes del nivel de riesgos en la Subregión

Escasa capacidad social e institucional para la reducción de vulnerabilidades y para enfrentar riesgos no controlados

El potencial y la responsabilidad del sector privado y la sociedad civil en la prevención y atención de desastres

Reducción de desastres (vulnerabilidades existentes y potenciales): el desafío prioritario para la Subregión

2. Contexto Internacional de la Prevención y Atención de Desastres Antecedentes

Asumiendo el compromiso de la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres

El apoyo de la Comunidad Internacional a la Subregión

El camino recorrido para otros esfuerzos de integración regional en América Latina

3. Contexto Institucional de la Comunidad Andina para la Prevención y Atención de Desastres

Antecedentes de los esfuerzos comunitarios en la prevención y atención de desastres

Desarrollo de la Agenda Ambiental de la Comunidad Andina

4. Fundamentos para la Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres

4.1 Consideraciones Generales

4.2 Definición de la Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres

4.3 Visión

4.4 Objetivo General

4.5 Orientación General de la Estrategia

4.6 El Proceso de Formulación de la Estrategia Andina

4.7 Lineamientos de Política

5. Estrategias Sectoriales

5.1 Líneas Estratégicas Sectoriales Comunes

5.2 Líneas Estratégicas Específicas

6. Ejes Temáticos

6.1 Eje Temático No 1: Fortalecimiento de la Institucionalidad y de la Capacidad a Nivel Subregional Andino, Nacional y Local
6.2 Eje Temático No 2: Información, Investigación y Desarrollo

6.3 Eje Temático No 3: Identificación, Evaluación y Monitoreo de Riesgos, Alerta Temprana y Planes Específicos

6.4 Eje Temático No 4: Fomento de una Cultura de Prevención con Participación Social

6.5 Eje Temático No 5: Asistencia Mutua en Casos de Desastre Programas y Subprogramas

Introducción

La Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres 1 se enmarca en el propósito de buscar el desarrollo de los países dentro de una perspectiva de sostenibilidad; bajo los principios reconocidos y compromisos globales adquiridos en la Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible de Río 1992, Primera Conferencia Mundial sobre Reducción de Desastres Yokohama 1995, Conferencia de Kyoto 1997, Cumbre de Québec 2001, en el contenido de la Agenda 21 y revitalizados en la Cumbre de Johannesburgo en septiembre del 2002.

La creciente ocurrencia de desastres en los países de la Subregión Andina compromete la sostenibilidad del desarrollo; de otro lado, las debilidades en los procesos de planificación que desconocen los fenómenos y las dinámicas ambientales están acrecentando los riesgos de calamidades y los desastres en la Subregión.

En consecuencia, con el fin de avanzar hacia el desarrollo sostenible, se hace necesario abordar la problemática de los desastres naturales y antrópicos de una manera nueva, reemplazando la respuesta coyuntural y reactiva, por una visión que aborde de forma sistemática y planificada la reducción del riesgo y del impacto de los desastres naturales y antrópicos 2.

La problemática de los desastres en la Subregión Andina demanda abordar en forma articulada sobre dos vertientes prioritarias. Por una parte, se debe actuar sobre las causas, evitando el aumento de vulnerabilidades a través del tiempo, y por otra, enfrentando la situación actual de vulnerabilidades presentes no manejadas, lo que obliga a un esfuerzo importante en prevención y atención 3.

Los Países Miembros de la Comunidad Andina comprenden la relevancia de establecer e implementar políticas nacionales de reducción de riesgos y atención de desastres que sean consecuentes con el desarrollo sostenible, orientadas a lograr un desarrollo económico y social que proteja la base de los recursos y el medio ambiente para beneficio de las presentes y futuras generaciones, mediante el diseño de instrumentos que promuevan la participación plural de los estados y las sociedades en forma armónica.

El desafío de la prevención y atención de desastres requiere actuar en diferentes niveles al interior de cada país, a nivel subregional y frente a los demás actores del sistema internacional.

De un lado, corresponde a los niveles subregional, regional y multilateral configurar e impulsar programas de cooperación, promover la formulación de políticas nacionales efectivas y el desarrollo de proyectos comunes. Es propio de los organismos y mecanismos de alcance global el desarrollo de las estrategias y políticas mundiales, el abordaje de problemas que superan ámbitos regionales, como ocurre actualmente con el cambio climático y la conexión de estrategias regionales con las de los organismos internacionales que se ocupan del tema.
________________________________
1 Decisión 529 'artículo 1 del Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres, CAPRADE. Crear el Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres, CAPRADE, que tendrá por objeto y competencia contribuir a la reducción del riesgo y del impacto de los desastres naturales y antrópicos que puedan producirse en el territorio de la subregión andina a través de la coordinación y promoción de políticas, estrategias y planes, y la promoción de actividades en la prevención, mitigación, preparación, atención de desastres, rehabilitación y reconstrucción, así como mediante la cooperación y asistencia mutua y el intercambio de experiencias en la materia.
2 Acorde con lo expresado en el artículo 1° Decisión 529 de mayo 2002, del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores.
3 Señala la Secretaría de la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres Naturales de la ONU, en la Conferencia Hemisférica, 2001: Seguirá habiendo necesidad de preparativos y servicios especializados para responder a las emergencias cuando ocurran. Sin embargo, los gastos en socorro para contingencias, o incluso para /orientar una capacidad especializada en defensa civil, solo se justifican si al menos la misma cantidad de recursos se invierte en la protección de los recursos y en el desarrollo duradero de capacidad para resistir las amenazas naturales.

En la esfera de cada país, los niveles nacionales podrán abordar la formulación y adopción de políticas, definir y orientar los procesos de Prevención y Atención de Desastres en el marco de la planificación del desarrollo y el impulso de programas, en tanto que los niveles subnacionales podrán tener una responsabilidad central en la planeación, priorización y ejecución de proyectos concretos.

De otro lado, el logro de los objetivos de la prevención y atención de desastres demanda la participación de los organismos de protección y defensa civil, de planificación del desarrollo, de ciencia y tecnología, entidades sectoriales, organizaciones no gubernamentales, del sector privado y de la comunidad en general, para que asuman el papel que les corresponde, a fin de que la población sea protagonista de su propia protección.

La Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres tiene como propósito ser un elemento de apoyo al entendimiento, orientación y construcción de sinergias entre tan numerosos y variados actores, de forma que se le otorgue un derrotero al camino que debemos recorrer en la construcción de un futuro mejor.

La Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres hace parte fundamental de los compromisos y esfuerzos que ha venido haciendo la Comunidad Andina alrededor de la reducción del riesgo y atención de desastres, para responder a este desafío de la Subregión y en un marco de compromisos internacionales como el adquirido en la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres Naturales y el señalado en la Tercera Cumbre de las Américas (Québec 2001), en la cual los jefes de estado declararon:

"Nos comprometemos a fortalecer la cooperación hemisférica y las capacidades nacionales para desarrollar un enfoque más integrado en el manejo de desastres naturales. Continuaremos implementando políticas que mejoren nuestra capacidad para prevenir, mitigar y atender las consecuencias de los desastres naturales. Acordamos estudiar medidas que faciliten el acceso oportuno a recursos financieros para atender las necesidades de emergencia".

1. La Problemática Subregional de Riesgos y Desastres

El contexto Latinoamericano de ocurrencia de desastres

La Estrategia Andina ha sido concebida para dar respuesta a la problemática de riesgos de desastres presentes en la Comunidad Andina. La Subregión Andina se inserta en el contexto general de los países de América Latina, los cuales han presentado en los últimos años una cantidad desproporcionada de desastres que han causado graves penalidades sociales y económicas. Entre 1900 y 1999 en América Latina y el Caribe se registraron 1.309 desastres naturales, que corresponden al 19% de los desastres reportados a escala mundial; esto ubica a esta región como la segunda de mayor ocurrencia de desastres después de Asia (44%). Entre 1970 y 1999, la región se vio afectada por 972 desastres que se estima causaron la muerte de 227.000 personas, dejaron sin vivienda a aproximadamente ocho millones de habitantes y afectaron indirectamente casi 148 millones de personas. El costo promedio anual de estos desastres en los últimos 30 años se estima entre US$ 700 y US $ 3.300 millones 4.

Cuadro 1. Región andina. Estadísticas básicas. 2003

Países Superficie (Km2) Población Total Población urbana (%) PIB(p) (millones US$)
Bolivia 1.098.581 8.894.363 65 7.688
Colombia 1.141.748 44.561.609 73 81.800
Ecuador 256.370 12.842.576 61 26.844
Perú 1.285.216 26.950.838 72 60.993
Venezuela 916.445 25.553.504 93 97.000
Región Andina 4.745.891 119.302.972 75 274.325

Fuente: Sistema de Información Macroeconómica -IMACRO- Secretaría General de la Comunidad Andina. Datos oficiales preliminares.

* Datos oficiales del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos del Ecuador - INEC.
_________________________________
4 Base de datos OFDA/CRED.
En lo que respecta a la Subregión Andina, constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, ésta cuenta con una población de 119 millones de habitantes y una superficie de 4'745.891 kilómetros cuadrados y donde se genera un PIB anual de 274 mil millones de dólares, y presenta uno de los más complejos panoramas de riesgos.

Las vulnerabilidades creadas por los modelos de desarrollo en los países andinos son la explicación primaria de la mayor parte de los riesgos. La Subregión es extremadamente propensa a terremotos, deslizamientos, tsunamis y erupciones volcánicas debido a que su territorio se asienta sobre tres placas tectónicas activas (Nazca, Suramericana y Caribe), y está ubicada dentro del "Anillo de Fuego" del Pacífico, donde tiene lugar el 80% de la actividad sísmica y volcánica de la tierra y donde ocurre un proceso de conformación del relieve que entraña fallas y fracturas geológicas activas.

Las amenazas que se ciernen sobre la Subregión Andina están estrechamente relacionadas con los fenómenos naturales que actuaron para su creación y de aquellos modeladores del paisaje. En efecto, los Andes han sido objeto de una intensa erosión, que ha llevado a la formación de sedimentos depositados en las vertientes exteriores o en los valles existentes entre las cordilleras, lugares que han sido preferidos por la población debido a la riqueza de los recursos, en especial, por la presencia de agua y suelos fértiles (en su mayoría inestables), los cuales coinciden y han contribuido al incremento de los riesgos de desastres, por las vulnerabilidades existentes y creadas en la Subregión.

Por otro lado, en la Subregión Andina se observan extremos climáticos que se manifiestan en forma de sucesivas y prolongadas sequías, inundaciones y fuertes vientos, asociados a anomalías climáticas por diversas causas, que afectan diversas zonas en el territorio de los Países Andinos. Al parecer, los cambios climáticos recientes han agravado la variabilidad del clima de la Subregión, con un incremento en la cantidad de lluvias torrenciales y en la mayor frecuencia e intensidad de los fenómenos de El Niño y La Niña, que han provocado inundaciones y sequías. Igualmente, se asume que un incremento de la temperatura de la Tierra llevaría a un aumento del nivel del mar poniendo en riesgo las zonas costeras al hacerlas más vulnerables a inundaciones.

Así, por ejemplo, durante la ocurrencia de El Niño en los años 1997 y 1998 las pérdidas económicas en la Subregión se estima que ascendieron a 7.500 millones de dólares y, en los últimos cinco años ha ocurrido, por lo menos, un desastre severo en cada uno de los cinco países andinos 5.

País Evento y efectos
Bolivia Año 1997 -1998. Fenómeno El Niño. Sequías e inundaciones. Efectos equivalentes a 527 millones de dólares.
Colombia Año 1999. Terremoto en la región del Eje Cafetero. muertes y más de 1.800 millones de dólares en reconstrucción.
Ecuador Año 2001-2002. Erupciones Guagua Pichincha, Tungurahua y El Reventador. Año 1997-1998 - Fenómeno El Niño Pérdidas cercanas a los 2.800 millones de dólares
Perú Año 2001. Terremoto sur del país afectó a 213.000 personas
Venezuela Año 2000. Tragedia del Estado Vargas. 10.000 muertes y 3.000 millones de dólares en pérdidas

Fuente: CAF

Rasgos subregionales comunes en la problemática de riesgos
La similitud de situaciones de riesgo constituye otro rasgo que refuerza la identidad a nivel de la Subregión. El panorama de vulnerabilidades que tipifican de manera similar a las sociedades de los diferentes países, es la consecuencia del tránsito por procesos semejantes, en cuanto al uso de los recursos y a los esquemas de ocupación y desarrollo del territorio desde las culturas prehispánicas hasta nuestros días.

A los eventos desastrosos rotundos y de gran significado se suman los eventos menores, que aunque no son tan difundidos en los medios de comunicación, ocurren a lo largo y ancho de los países latinoamericanos con gran frecuencia y con efectos acumulados muchas veces superiores a la mayoría de los grandes desastres. El efecto directo de los desastres, si bien se concentra en la población directamente afectada y que habita en la zona donde éstos se manifiestan con mayor
_____________________________
5 Según la ONU como consecuencia de un desastre severo las pérdidas pueden alcanzar o exceder el 10% del PIB de un país y reducir el crecimiento de uno a tres años

intensidad, tiene repercusiones que, en general, afectan de una manera u otra la totalidad de la población del país. En algunos casos la irradiación incluso llega a otros países de la Subregión (migraciones, menor demanda de " importaciones, interrupción en comunicaciones, transmisión de vectores, etc.).

Los procesos de ocupación y desarrollo y el inadecuado manejo de recursos: factores determinantes del nivel de los riesgos en la Subregión

La Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres ha sido construida con base en la necesidad de reducir el nivel de los riesgos de desastres que la caracteriza. En efecto, los riesgos como consecuencia de eventos naturales y/o antrópicos han estado determinados por la presencia de una gran variedad de fenómenos físicos, la frecuencia de su ocurrencia y el alto grado de vulnerabilidad de los asentamientos humanos.

Adicionalmente al incremento de amenazas/peligros determinados por la ubicación y el clima propio de la Subregión, están los factores relacionados con las vulnerabilidades socioeconómicas que aumentan considerablemente el riesgo o la probabilidad de daño.

Los mayores factores de vulnerabilidad en la Subregión se dan por los patrones de asentamientos en suelos frágiles, mala calidad de las viviendas e infraestructura, degradación ambiental, carencia de estrategias eficientes para reducir los riesgos, y el tipo y manejo de las actividades económicas.

El rápido crecimiento demográfico y el aumento de la densidad poblacional en las tres últimas décadas en la Subregión Andina han incrementado la cantidad de personas y elementos expuestos a las mismas amenazas/peligros.

Esta dinámica se ha focalizado en las ciudades, que son física, funcional y económicamente más vulnerables a las amenazas, debido a la concentración de población y bienes y al alto grado de dependencia de redes de servicios públicos y de distribución de alimentos. Adicionalmente, la atención de una emergencia en una ciudad media o grande presenta una enorme complejidad por la gran demanda de recursos y preparación para su manejo. En general las ciudades capitales de los países andinos están ubicadas en zonas de medio o alto riesgo sísmico, como ocurre en el caso de Lima, que desde 1856 ha sufrido seis grandes terremotos y desde 1940, año del último sismo importante, su población se ha incrementado doce veces.

Las zonas de alta densidad poblacional, resultantes de los patrones de urbanización y migratorios, suelen estar ubicadas en zonas costeras, zonas con fallas geológicas y/o en zonas de fragilidad ambiental. En el Perú por ejemplo, la proporción de habitantes que actualmente residen en áreas costeras a no más de 80 kilómetros del mar, más susceptibles a El Niño y otros fenómenos, es del 73% en contraste con el 54% hace tres décadas 6.

Debido al acelerado crecimiento poblacional y a la migración rural, la gran mayoría de las ciudades se ha expandido sin planificación, ni códigos de construcción, o regulaciones apropiadas sobre el uso de la tierra que se adapten a su entorno físico. En los últimos 30 años la Subregión Andina ha pasado de ser mayoritariamente campesina o rural a tener la población concentrada actualmente en las ciudades (75%) y representará el 79% para el año 2015. La colonización, la migración incontrolada y el desplazamiento forzoso ha traído consigo la expansión de vecindarios pobres sobre terrenos de bajo valor económico en áreas propensas a amenazas/ peligros. Es así como no sorprende que los barrios de invasión sean los más afectados por los eventos adversos.

La mala calidad de la vivienda incrementa los efectos de los fenómenos naturales, y es resultado de la incontrolada construcción y de la expandida pobreza. En general, los hogares pobres, además de su imposibilidad de acceder económicamente a condiciones de habitabilidad, tampoco pueden acceder a la información que les permita lograrla, por lo tanto, carecen del conocimiento y destrezas técnicas de construcción adecuada, y de los ingresos para atender las exigencias para el manejo de terrenos inestables, si drenaje de aguas servidas y superficiales, entre otros aspectos.

Paralelamente, de las viviendas edificadas anualmente, sólo una mínima proporción es controlada por las autoridades locales para el cumplimiento de las normas de construcción. Cuando estas normas
____________________________
6 Federación Internacional de la Cruz Roja, 1999.
existen, se desconocen o no se cumplen; como ocurre inclusive con compañías de construcción del sector formal y en las empresas responsables de la infraestructura pública. Es así como el fenómeno de la ilegalidad, la corrupción y la indiferencia de las autoridades frente a las normas han dado espacio a la proliferación del riesgo.

Por otra parte, el manejo inadecuado e indiscriminado de los recursos naturales ha sido un factor determinante de las actuales condiciones de riesgo, al transformar hábitats, que en el pasado eran seguros, en zonas con nuevas amenazas y vulnerabilidades. Actividades como la deforestación, la agricultura y la minería incontrolada han sido intervenciones generadoras de daño ambiental y riesgos. El 90% de hectáreas de bosques que son deforestadas anualmente en la Subregión Andina es provocado por prácticas de agricultura no sustentable 7.

La degradación del medio ambiente, consecuencia de las actividades productivas y los procesos de ocupación y desarrollo se constituye en un factor transformador de fenómenos naturales en desastres. Actualmente en la Subregión Andina el riesgo de inundaciones y deslizamientos se ve exacerbado por la deforestación de cuencas hidrográficas, la ausencia de programas de conservación del suelo y el uso inapropiado de la tierra. Cabe señalar, que la ocupación de ecosistemas frágiles, el desarrollo de actividades agrícolas inapropiadas, o la construcción de carreteras rurales en laderas inestables, para citar algunos ejemplos, alteran la capacidad reguladora hídrica de las cuencas y detonan procesos erosivos y de remoción en masa.

Sumado a los riesgos asociados a eventos geológicos e hidrometeorológicos se encuentran los antrópicos relacionados con el desarrollo de los procesos industriales, tecnológicos y sanitarios, tal como ocurre cuando se presentan incendios, derrames de hidrocarburos, contaminación química, epidemias, crisis en lugares de afluencia masiva de personas, entre otros. Este conjunto de eventos se ha venido incrementando con el proceso de desarrollo de los países.

En síntesis, el patrón de desarrollo seguido por los países andinos, con altos grados de pobreza, exclusión socioeconómica y deterioro del ambiente es un factor determinante de la alta vulnerabilidad y en consecuencia del riesgo ante las amenazas naturales y antrópicas.

Escasa capacidad social e institucional para la reducción de vulnerabilidades y para enfrentar riesgos no controlados.

Si bien la Subregión Andina viene avanzando en la internalización de la nueva perspectiva sobre la responsabilidad social en la generación de los desastres, lo que se evidencia en la propia configuración del CAPRADE con participación de representantes de las defensas civiles, ministerios de Planificación o entidades que hagan sus veces y los ministerios de Relaciones Exteriores, se evidencia la debilidad en las políticas públicas multisectoriales en el tema de riesgos y los frágiles procesos institucionales de planificación del desarrollo.

Una de las mayores debilidades de las políticas públicas y el desarrollo institucional de los países de la región en la reducción de riesgos radica en que los proyectos y acciones de desarrollo e inversión carecen muchas veces de un proceso adecuado de planificación de mediano y largo plazo donde esté incorporada una comprensión de los límites y posibilidades que determinan la geografía y las condiciones de riesgo.

La construcción de infraestructura, como vías, servicios públicos, hospitales y colegios se hace generalmente sin las condiciones de seguridad que deberían tener; así mismo, el desarrollo de actividades productivas, como las agropecuarias y mineras, son cada vez más susceptibles a los fenómenos, a la vez que se constituyen con frecuencia en generadoras de condiciones de riesgo.

El fenómeno El Niño de los años 1982/83 y 1997/98 puso en evidencia las intensas vulnerabilidades de los sectores del desarrollo como se aprecia en los estudios de impactos socioeconómicos de la CEPAL y la CAF.

Pérdidas sectoriales por Fenómeno El Niño
1997 - 1998
__________________________
7 Los Países Andinos poseen una superficie forestal de 230 millones de hectáreas y el 50% del territorio amazónico del continente.

Sector Pérdidas Millones de dólares
Agropecuario 2,070
Transporte 1,758
Industria 944
Emergencia 722
Electricidad 509
Comercio 394
Vivienda 384
Por Tipo de Sectores
Sectores productivos 3,593
Infraestructura 1,752.
Sectores sociales 736
Sectores de servicios 621
Otros sectores 844

Fuente. CEPAL, CAF. Evaluación Impactos FEN 1997 1998.

A pesar de que los países de la Subregión cuentan con políticas para la prevención y atención de desastres existen deficiencias para su implementación. En lo que respecta al sector del conocimiento de las amenazas y vulnerabilidades la principal responsabilidad ha estado concentrada en, los organismos estatales de investigación débilmente financiados y poco articulados con los usuarios potenciales de la información. Por su parte, el sector académico e investigativo está poco orientado a formar a los futuros profesionales y ciudadanos con visión y conciencia de sus realidades ambientales, geográficas y de sus riesgos.

La información sobre los riesgos, la medición de impactos y los mecanismos para evaluar la prevención y atención de desastres son insuficientes y por lo tanto se carece de la información necesaria que permita la toma de decisiones y, por ende, el control de la gestión pública.

Adicionalmente, se observa una limitada coordinación entre las autoridades nacionales responsables de la planificación del desarrollo, de la prevención y atención de los desastres, del medio ambiente, entre los niveles de los gobiernos nacionales, regionales y locales, lo que limita la incorporación de la reducción de riesgos y atención de desastres en la planificación del desarrollo.

La inexistencia o la débil formulación de responsabilidades y lineamientos centrales para regular la ocupación en zonas de amenazas/peligros constituye otra debilidad institucional en los países andinos; en particular en la incorporación del componente de prevención y atención de desastres8 en los planes de ordenamiento territorial, en planes de desarrollo territoriales y en planes de expansión sectoriales.

La información sobre los riesgos, la medición de impactos y los mecanismos para evaluar la prevención y atención de desastres son imprecisos y por lo tanto se carece de las suficientes herramientas que permitan la toma eficiente de decisiones y el control a la gestión pública en este campo.

Frente al cúmulo de vulnerabilidades ya creadas y no resueltas no se ha desarrollado con la fuerza necesaria y con la participación activa y comprometida de los actores del desarrollo, una política clara y fuertemente sostenida de prevención y atención de desastres. Los organismos que tienen estas responsabilidades están mal financiados con relación a los costos de la respuesta que ellos deben atender. Los organismos fundados en cuerpos voluntarios carecen de mecanismos que soporten sus actividades; así mismo, no toda la sociedad responde a la realización de planes de contingencia, y cuando existen, la mayor parte de ellos son elaborados sin la participación intersectorial requerida.

Los procesos de rehabilitación y reconstrucción post desastres han sido asumidos por organizaciones creadas coyunturalmente para tal fin, con procesos de instalación y de aprendizaje costosos y usualmente tardíos que no garantizan la preservación de políticas y esquemas institucionales permanentes de respuesta para esta fase.

El potencial y la responsabilidad del sector privado y la sociedad civil en la prevención y atención de desastres

Tradicionalmente, las responsabilidades en la prevención y atención de desastres han estado concentradas en los Estados, comprometiendo, en el caso de los desastres, la estabilidad fiscal y el desempeño macroeconómico, o, poniendo una carga excesiva en la gestión que las administraciones no podrían atender. En este contexto, el papel del sector privado ha sido poco explorado en áreas donde puede desempeñar un potencial como en la creación de mercados de seguros y reaseguros, educación, investigación, medios masivos e información pública, para citar algunos casos.

Igualmente, la sociedad civil ha estado débilmente vinculada a los procesos de desarrollo institucional de prevención y atención de desastres y en los procesos de reconstrucción, a pesar de haberse demostrado que el éxito de los procesos requiere la vinculación activa de las comunidades en la orientación, gestión y control de los programas.

Reducción de desastres (vulnerabilidades existentes y potenciales): el desafío prioritario para la Subregión.

El cúmulo de vulnerabilidades ya creadas y la necesidad de un cambio de rumbo de las tendencias pasadas, destacan para la Subregión dos vertientes interrelacionadas de actuación prioritarias: la reducción de vulnerabilidades existentes o que podrían ser generadas, y el abordaje a la gestión de los riesgos no manejados mediante una consistente política de preparación apoyada desde todos los ángulos y esfuerzos interinstitucionales estatales y privados, y de la sociedad civil. Ello implica, como se deriva del diagnóstico anterior, una actuación sobre las causas y una voluntad política para apoyar ambas vertientes, priorizando las actuaciones para maximizar los resultados.

2. Contexto Internacional de la Prevención y Atención de Desastres

Antecedentes

La ocurrencia de desastres a escala mundial durante las décadas recientes llevó a la Organización de las Naciones Unidas a asumir la tarea de incorporar el tema en la agenda pública internacional, para lo cual se declaró el período 1990 - 1999 el Decenio Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales.

La Estrategia Internacional para la Reducción de los Desastres (EIRD) constituye el eje central de los esfuerzos de las Naciones Unidas, con la identificación de las causas de los desastres que puedan afectar el desarrollo de muchos países. Cada vez más se vienen incrementando los postulados de la EIRD para orientar y guiar las acciones de las diferentes agencias de las Naciones Unidas y los gobiernos de los Estados Miembros, de acuerdo a las Resoluciones de la Asamblea General 56/195 y 57/256. Las acciones de la EIRD se llevan a cabo bajo la guía y coordinación de la Fuerza de Tarea Inter-Agencial sobre Reducción de Desastres y la Secretaría de la EIRD. El último informe del Secretario General de las Naciones Unidas a la Asamblea General sobre implementación de la EIRD se realizó durante el año 2003 y ante el LVIII Período de Sesiones de la Asamblea General.

La EIRD fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas como la sucesora del Decenio Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales (1990-1999), con el fin de perseguir los objetivos a escala mundial al proporcionar un marco estratégico global para su implementación por parte de los países, las regiones, los organismos de las Naciones Unidas y la sociedad civil.

Este contexto internacional señala la dimensión del desafío, persuade y vincula a los países al cumplimiento de compromisos asumidos intemacionalmente y ofrece un contexto de oportunidades para el desarrollo de las responsabilidades de los estados.

Asumiendo el compromiso de la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres

El Mandato de Ginebra sobre la reducción de los desastres adoptado durante el Foro del Programa de la EIRD (julio 1999) reafirmó la necesidad de que tanto la reducción de los desastres como el manejo de los riesgos sean elementos esenciales de las políticas gubernamentales y proporciona los cimientos para futuros esfuerzos con relación a la reducción de los desastres.

Teniendo en cuenta que los países andinos han manifestado, mediante la Decisión 529 de julio del 2002 la cual da origen al CAPRADE, que se adopten los postulados de la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres (EIRD) promulgada dentro del marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas del Año 2000 (54/219). En ella tiene la Subregión Andina un punto de referencia fundamental para el desarrollo de la presente estrategia.

En cumplimiento de los compromisos internacionales y su articulación con las políticas nacionales y de integración andina, corresponde a los ministerios de Relaciones Exteriores impulsar el seguimiento de los temas que de estas convenciones emanen, así como de los programas y acciones que la Estrategia Andina establezca.

La adopción de la Estrategia Internacional se apoya, entre otros, en los siguientes objetivos:

· Incrementar la concientización pública.

· Alcanzar compromisos por parte de las autoridades públicas.

· Estimular la formación de sociedades y redes multidisciplinarias e intersectoriales.

· Fomentar el conocimiento científico.

· Continuar con la cooperación internacional para reducir los impactos de El Niño y otras variaciones climáticas.

· Fortalecer las capacidades para reducir los desastres a través de alertas tempranas.

El apoyo de la Comunidad Internacional a la Subregión Andina

Como respuesta a los desastres y la evidente dinámica de los riesgos, así como por los esfuerzos enmarcados en el Sistema de Naciones Unidas, en particular a partir del Decenio Internacional para la Reducción de Desastres, el hemisferio ha venido avanzando en una comprensión de la reducción del riesgo, producto, igualmente, del desarrollo de investigaciones sociales, el intercambio de experiencias y la apertura del tema a sectores sociales y políticos antes no involucrados.

No obstante los avances y el interés en la temática, la comprensión de la prevención y la atención de los desastres es limitada, así mismo se carece de un mecanismo de articulación de esfuerzos internacionales y por lo general, la sostenibilidad de las iniciativas de apoyo es baja.

Este panorama del apoyo internacional a la Subregión, plantea la necesidad de hacer un esfuerzo para lograr mayores niveles de coordinación entre los organismos y agencias de cooperación, para construir sinergias, así como para el logro de una visión más integral sobre los desastres, el desarrollo y el ambiente y sus interrelaciones.

En las dos últimas décadas, los países de la Subregión Andina han contado con el apoyo de un número apreciable de entidades internacionales tales como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y la Media Luna Roja (FICR), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Oficina de Ayuda Humanitaria de la Comisión Europea (ECHO).

La Organización de los Estados Americanos, la Asociación de Estados del Caribe, el Grupo de Río y el Grupo de los Tres, han incluido en sus agendas el tema. Agencias de cooperación internacional como las de la Unión Europea, alemana (GTZ), española (AECJ), italiana, sueca (ASDI), japonesa (JICA), suiza (COSUDE), entre otras, adelantan programas para la prevención y atención de los desastres en los países andinos. Por su parte USAID, OFDA y el HAP - Comando Sur del gobierno de los Estados Unidos, y el Programa de Preparativos ante Desastres de la Oficina de Ayuda Humanitaria de la Comisión Europea, DIPECHO, han desempeñado un papel significativo en la fase de preparativos frente a desastres.

Por su parte, entidades como la Red de Estudios Sociales para la Prevención de los Desastres en América Latina, han fomentado cambios de actitud, el desarrollo de una nueva comprensión y nuevas capacidades dirigidas a reducir la vulnerabilidad en la Subregión.

Instituciones como la Corporación Andina de Fomento (CAF), el Programa de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente (PNUMA), con su Programa Ambiental Caribeño (CEP), la Comisión Centroamericana sobre Ambiente y Desarrollo (CCAD), la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco Mundial (BM) y el Banco Caribeño de Desarrollo (BCD) han dado cada vez mayor énfasis a la prevención y la atención de desastres, la planeación del desarrollo y el manejo ambiental.

El cambio climático, entretanto, ha impulsado a la Organización Meteorológica Mundial (OMM) y otros a promover redes de investigación internacionales y regionales como en el caso del Centro Internacional de Investigaciones sobre el Fenómeno de El Niño (CIIFEN) 9 y la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), a mejorar la articulación entre los entes del conocimiento de amenazas con la prevención y la atención de los desastres, la implementación y la optimización de sistemas de alerta temprana y el fortalecimiento de la reducción d el riesgo en el plano institucional. La Administración Oceanógrafica y Atmosférica Nacional de Estados Unidos (NOAA) ha establecido el Foro sobre el Panorama Climático, el cual congrega a meteorólogos, pro